3047
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION NUMERO 05061
Por la cual se reglamentan los Comités Técnico Científicos dentro de la Entidades Promotoras de Salud, Administradoras delRégimen Subsidiado e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, y se dictan otras disposiciones
LA MINISTRA DE SALUD
En ejercicio de las facultades legales en especial las conferidas enel artículo 173 de la Ley 100 de 1993
RESUELVE:
Artículo 1.- Integración. Las Entidades Promotoras de Salud, EPS y las Administradoras de Régimen Subsidiado, ARS, integrarán un Comité TécnicoCientífico que estará conformado por (1) un representante de la EPS, (1) un representante de la IPS y por (1) un representante de los usuarios, que tendrá las funciones que se señalan en el artículosiguiente.
Parágrafo 1: En las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, IPS, los Comités Técnico Científicos, serán los Comités de Farmacia y Terapéutica de la respectiva institución y unmiembro de ellos será el representante de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, IPS, ante el Comité Técnico Científico de la EPS.
Parágrafo 2: Por lo menos uno de los miembros delComité deberá ser médico.
Artículo 2.- Funciones: El Comité Técnico – Científico deberá atender las reclamaciones que presenten los afiliados y beneficiarios de las EPS en relación con la ocurrenciade hechos de naturaleza asistencial que presuntamente afecten al usuario respecto de la adecuada prestación de los servicios de salud.
Parágrafo: Para los efectos de la presente Resolución seentenderán por hechos de naturaleza asistencial, los relacionados con la atención en salud en las etapas de prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación para todas las patologíassegún la intensidad de uso y los niveles de atención y complejidad que se definan, en especial las condiciones y el procedimiento para la prescripción de medicamentos esenciales con criterios de...
Regístrate para leer el documento completo.