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Páginas: 22 (5404 palabras) Publicado: 26 de agosto de 2015
MARIO ALBERTO DI COSTANZO ARMENTA, Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11, fracciones XXXIV, XXXV; 16, 26, fracciones I y II, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, 2 Bis y 17 Bis 4 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los ServiciosFinancieros, y 59, fracciones I y XII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como 1 y 10, primer párrafo, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, y
MARIO ALBERTO DI COSTANZO ARMENTA, Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, con fundamento enlo dispuesto por los artículos 11, fracciones XXXIV y, XXXV; 16, 26, fracciones I, y II y VIII, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, 2 Bis y 17 Bis 1 a 17 Bis 4 y 41 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y 59, fracciones I y XII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como 1 y 10, primer párrafo, del EstatutoOrgánico de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, y









CONSIDERANDO









I. Que, con fecha 10 de enero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras”, mediante elcual se fortalecen las facultades de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
I. Que, con fecha 10 de enero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras”, mediante el cual,entre otras cosas, se fortalecen las facultades de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.









II. Que el artículo 2 Bis de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros faculta a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros para, en el ámbito de su competencia,supervisar y vigilar el cumplimiento de dicha Ley y las disposiciones que de ella emanen.
II. Que el artículo 2 Bis de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros faculta a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros para, en el ámbito de su competencia, para supervisar y vigilar el cumplimiento de dicha Ley y las disposiciones quede ella emanen.









III. Que los artículos 17 Bis 1 a 17 Bis 3 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros obligan a las Entidades Financieras a supervisar de manera constante las actividades de los despachos externos, incluyendo a terceros o representantes que realizan la cobranza, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientosque otorgan, así como a tener a disposición de sus clientes los datos suficientes y actualizados de identificación de los mismos.









IV. Que el artículo 17 Bis 4 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros faculta a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, para que en el ámbito de su competencia, emitadisposiciones de carácter general en materia de despachos de cobranza.
IV. Que el artículo 17 Bis 4 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros faculta a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, para que en el ámbito de su competencia, emita Ddisposiciones de carácter general en materia de despachos de cobranza.




V. Que...
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