3748

Páginas: 176 (43825 palabras) Publicado: 31 de agosto de 2015
Boletín Nro.: 3748

3 DE ABRIL DE 2014.

ISSN: 0325-6545

Boletín de Marcas

Autoridades
Presidente: Contador Mario Roberto Aramburu.
Vicepresidente: Dr. Mario E. Díaz.
Sumario:
Decreto 1141/03
2
Concedidas 4
Limitaciones 31
49
Códigos y Aranceles

BOLETÍN DE MARCAS Nº 3748 - 3 DE ABRIL DE 2014

2

MARCAS Y DESIGNACIONES
Decreto 1141/2003
Modifícase el Decreto Nº 558/81, con la finalidad debrindar a la Dirección de Marcas del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial mayor
agilidad, economía y eficiencia en el trámite del registro marcario, y reemplazar el nomenclador de productos y servicios, adecuándolo a las
pautas de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios aprobada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

Bs. As., 26/11/2003
VISTO el ExpedienteNº 253-61280/02 del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico que funciona en la órbita de la ex – SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente del ex – MINISTERIO DE
LA PRODUCCION; las Leyes Nros. 22.362, 24.481 y su modificatoria
Nº 24.572, según texto ordenado por Anexo I del Decreto Nº 260 de
fecha 20 de marzo de 1996 y los DecretosNros. 558 del 24 de marzo
de 1981; 722 del 3 de julio de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 22.362 y su Decreto Reglamentario Nº 558 de fecha
24 de marzo de 1981 regulan el trámite de registro de las marcas de
productos y servicios y de las designaciones comerciales.
Que mediante la Ley Nº 24.481 (t.o. 1996) reglamentada por Anexo II
del Decreto Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996, se creó elINSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, erigiéndolo como la
Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 22.362.
Que resulta necesario actualizar determinados aspectos del procedimiento reglado mediante el Decreto Nº 558/81, a fin de brindar a la
Dirección de Marcas del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL, organismo autárquico que funciona en la órbita de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO YDE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION,
mayor agilidad, economía, eficacia y eficiencia en el trámite de registro marcario.
Que asimismo resulta necesario reemplazar el nomenclador de productos y servicios previsto en el Decreto Nº 558/81, poniendo a cargo de la Autoridad de Aplicación su elaboración y actualización permanente, a fin de mantener una adecuaciónconstante a las pautas
emergentes de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios
aprobada por la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
al PODER EJECUTIVO NACIONAL por elArtículo 99, inciso 2 de la
CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyense los Artículos 1º, 4º, 5º, 8º, 11, 12, 15, 16,
18, 21, 23, 26, 27, 30, 31, 32, y 33 del Decreto Nº 558 de fecha 24 de
marzo de 1981, por los siguientes:
“ARTICULO 1º — Los productos y los servicios serán clasificados de
conformidad con el nomenclador que la Autoridad deAplicación establezca, de acuerdo con las pautas emergentes de la Clasificación
Internacional de Productos y Servicios aprobada por la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI).

El nomenclador establecido conforme lo indicado en el párrafo anterior y sus posteriores modificaciones, entrará en vigencia a partir de
la publicación del acto resolutivo pertinente, en el Boletín de Marcas”.“ARTICULO 4º — Los trámites de registro de marcas se encuentran
sujetos al pago de los aranceles previstos en el Anexo III del Decreto
Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996.
No se dará curso a ningún trámite cuya solicitud no esté acompañada
por la constancia de pago respectiva”.
“ARTICULO 5º — Las solicitudes de registro de marcas, de oposiciones y demás piezas relativas a los trámites seguidos...
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