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1º En una misma empresa o establecimiento y enidénticascircunstancias, a trabajo igual debe corresponder igual remuneración altrabajador, cualquiera que sea su sexo, raza, credo o nacionalidad;
2º Todo trabajador tiene derecho a devengar un salario mínimo,quese fijará periódicamente. Para fijar este salario seatenderá sobre todo al costo de la vida, a la índole de la labora los diferentes sistemas de remuneración, a las distintas zonas deproducción y aotros criterios similares. Este salario deberáser suficiente para satisfacer las necesidades normales del hogar deltrabajador en el orden material, moral y cultural.
En los trabajos a destajo, porajuste o precio alzado, es obligatorio asegurarel salario mínimo por jornada de trabajo;
3º El salario y las prestaciones sociales, en la cuantía quedetermine la ley, son inembargables y no se puedencompensar ni retener, salvopor obligaciones alimenticias. También pueden retenerse por obligacionesde seguridad social, cuotas sindicales o impuestos. Son inembargables losinstrumentos de labor de lostrabajadores;
4º El salario debe pagarse en moneda de curso legal. El salario y lasprestaciones sociales constituyen créditos privilegiados enrelación con los demás créditos que puedan existircontrael patrono;
5º Los patronos darán a sus trabajadores una prima por cadaaño de trabajo. La ley establecerá la forma en que sedeterminará su cuantía en relación con los salarios;
6º La jornadaordinaria de trabajo efectivo diurno no excederá deocho horas y la semana laboral de cuarenta y cuatro horas.
El máximo de horas extraordinarias para cada clase de trabajoserá determinado por la ley.
La...
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