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TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Declárese de necesidad nacional e interés social y cultural el desarrollo integral de las Comunidades Campesinas. El Estado las reconoce como instituciones democráticas fundamentales, autónomas en su organización, trabajo comunal y uso de la tierra, así como en lo económico y administrativo,dentro de los marcos de la Constitución, la presente ley y disposiciones conexas.
En consecuencia el Estado:
a) Garantiza la integridad del derecho de propiedad del territorio de las
Comunidades Campesinas;
b) Respeta y protege el trabajo comunal como una modalidad de participación de los comuneros, dirigida a establecer y preservar los bienes y servicios de interés comunal, reguladopor un derecho consuetudinario autóctono;
c) Promueve la organización y funcionamiento de las empresas comunales, multinacionales y otras formas asociativas libremente constituidas por la Comunidad; y,
d) Respeta y protege los usos, costumbres y tradiciones de la Comunidad.
Propicia el desarrollo de su identidad cultural.
Artículo 2.- Las Comunidades Campesinas son organizaciones deinterés público, con existencia legal y personería jurídica, integrados por familias que habitan y controlan determinados territorios, ligadas por vínculos ancestrales, sociales, económicos y culturales, expresados en la propiedad comunal de la tierra, el trabajo comunal, la ayuda mutua, el gobierno democrático y el desarrollo de actividades multisectoriales, cuyos fines se orientan a larealización plena de sus miembros y del país.
Constituyen Anexos de la Comunidad, los asentamientos humanos permanentes ubicados en territorio comunal y reconocidos por la Asamblea General de la Comunidad.
Artículo 3.- Las Comunidades Campesinas en el desarrollo de su vida institucional se rigen por los principios siguientes:
a) Igualdad de derechos y obligaciones de los comuneros;
b) Defensa de losintereses comunes;
c) Participación plena en la vida comunal;
d) Solidaridad, reciprocidad y ayuda mutua entre todos sus miembros; y,
e) La defensa del equilibrio ecológico, la preservación y el uso racional de los recursos naturales.
TITULO II FUNCIONES
Artículo 4.- Las Comunidades Campesinas son competentes para:
a) Formular y ejecutar sus planes de desarrollo integral: agropecuario,artesanal e industrial, promoviendo la participación de los comuneros;
b) Regular el acceso al uso de la tierra y otros recursos por parte de sus miembros;
c) Levantar el catastro comunal y delimitar las áreas de los centros poblados y los destinados a uso agrícola, ganadero, forestal, de protección y otros;
d) Promover la forestación y reforestación en tierras de aptitud forestal;
e)Organizar el régimen de trabajo de sus miembros para actividades comunales y familiares que contribuyan al mejor aprovechamiento de su patrimonio;
f) Centralizar y concertar con organismos públicos y privados, los servicios de apoyo a la producción y otros, que requieran sus miembros;
g) Constituir empresas comunales, multicomunales y otras formas asociativas;
h) Promover, coordinar y apoyar eldesarrollo de actividades y festividades cívicas, culturales, religiosas, sociales y otras que respondan a valores, usos, costumbres y tradiciones que les son propias e,
i) Las demás que señale el Estatuto de la Comunidad.
TITULO III
DE LOS COMUNEROS
Artículo 5.- Son comuneros los nacidos en la Comunidad, los hijos de comuneros y las personas integradas a la Comunidad.
Para ser "comunerocalificado" se requieren los siguientes requisitos:
a) Ser comunero mayor de edad o tener capacidad civil;
b) Tener residencia estable no menor de cinco años en la Comunidad;
c) No pertenecer a otra Comunidad;
d) Estar inscrito en el Padrón Comunal; y,
e) Los demás que establezca el Estatuto de la Comunidad. Se considera comunero integrado:
a) Al varón o mujer que conforme pareja...
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