52 CCyCN Libro 2 Titulo II Cap 2 Arts 463 A 474
LIBRO SEGUNDO. RELACIONES DE FAMILIA
TITULO II. RÉGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO
CAPÍTULO 2 RÉGIMEN DE COMUNIDAD
Comentario de Graciela MEDINA.
Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación. Dir: Graciela Medina, Julio C. Rivera. Cord: Mariano Esper.
Editorial La Ley 2014.
SECCIÓN 1ª DISPOSICIONES GENERALES
Art. 463. Carácter supletorio.SECCIÓN 2ª BIENES DE LOS CÓNYUGES
Art. 464 Bienes propios
Art. 465. Bienes gananciales.
Art. 466. Prueba del carácter propio o ganancial
SECCIÓN 3ª. DEUDAS DE LOS CÓNYUGES.
Art. 467. Responsabilidad.
Art. 468. Recompensa.
SECCIÓN 4ª. GESTIÓN DE LOS BIENES EN LA COMUNIDAD.
Art. 469. Bienes propios.
Art. 470. Bienes gananciales.
Art. 471. Bienes adquiridos conjuntamente.
Art. 472. Ausencia de prueba.Art. 473. Fraude.
Art. 474. Administración sin mandato expreso
SECCIÓN 1ª
DISPOSICIONES GENERALES
Bibliografía sobre la reforma: BASSET, ÚRSULA , "Modificaciones al régimen
económico del matrimonio en el proyecto", RDPyC, Nº 2, Rubinzal Culzoni,
2012.
Bibliografía clásica: BELLUSCIO, AUGUSTO CÉSAR, " Naturaleza jurídica de la
sociedad conyugal", JA, 5-1970-866.
Art. 463. Carácter supletorio. Afalta de opción hecha en la convención matrimonial, los cónyuges quedan sometidos desde la celebración del matrimonio
al régimen de comunidad de ganancias reglamentado en este Capítulo. No
puede estipularse que la comunidad comience antes o después, excepto el caso de cambio de régimen matrimonial previsto en el artículo 449.
I. RELACIÓN CON EL CÓDIGO CIVIL. FUENTES DEL NUEVO TEXTO
El Código deVélez Sarsfield, reglamentaba el régimen patrimonial del matrimonio en los arts. 1217 a 1322 comprendidos en el Libro Segundo, Sección
Tercera, Título Segundo del Código Civil, bajo el nombre "De la Sociedad Conyugal".
El sistema era incompleto y dificultoso ya que no existían disposiciones claras
ni con respecto al régimen de deudas entre los cónyuges al momento de la disolución del matrimonio, nicon referencia a las normas a aplicar a la indivisión
postcomunitaria, ni al sistema de las recompensas. Las soluciones se estructuraban de acuerdo a una jurisprudencia que se consolidaba muy lentamente,
con las consiguientes inseguridades jurídicas, producida por las divergencias
en las diferentes jurisdicciones.
En definitiva si bien la labor de la jurisprudencia clarificaba la cuestión, locierto
es que se requería una adecuación del régimen de bienes entre los cónyuges
coherente con el sistema patrimonial imperante y con la situación de la mujer,
protegida por múltiples convenciones internacionales que hacían insostenible
referencias a la dote de la "mujer casada". Para su regulación se ha tenido como fuentes los arts. 148 del Código de Venezuela, 1948 del Código Civil Uruguayo, 1640del Código de Brasil, 1715 del Código de Chile, 38 del de Para-
guay, 2078 del Código de Perú, 1344 del de España, 177 del Código de Italia,
1400 del Código de Francia, y 1967 del de Portugal.
II. COMENTARIO
1. Régimen de comunidad
El Código opta por un régimen de comunidad de ganancias de carácter supletorio cuya característica principal es la formación de una masa de bienes que a
la disolucióndebe dividirse entre los esposos o entre éstos y sus herederos,
por partes iguales.
Durante la vigencia del matrimonio los cónyuges sólo tienen una expectativa
sobre la mitad de los bienes y su derecho a la mitad de los gananciales recién
surge al tiempo de la disolución.
2. Carácter supletorio. Alcance
Como el sistema de comunidad de ganancias es un sistema aceptado por la
mayoría de la poblacióny resulta ética y moralmente valioso, se lo acepta como régimen supletorio, ello implica que:
a) Los cónyuges no están obligados a realizar un contrato para determinar la
forma como van a regular sus relaciones patrimoniales entre sí y frente a terceros.
b) El hacer una convención estableciendo un régimen patrimonial matrimonial
constituye una opción.
c) Si los cónyuges no optan por formalizar...
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