7
Continuación de la
Explotación
4/26/15
QUIEBRA
(ART. 189)
decide EL SINDICO
al momento de la incautación
Debe
comunicarla al JUEZ
dentro de las 24 horas
PracticaConcursal
La
4/26/15
QUIEBRA
CONTINUACIÓN INMEDIATA
QUIEBRA CONTINUACIÓN INMEDIATA
(ART. 189)
Practica Concursal
Debe comunicarse la sentencia de Q a la autoridad
que otorgó la concesión
4/26/15Empresas que prestan Servicios Públicos
imprescindibles
Si el juez decide que no es posible la continuación,
debe comunicarlo a la autoridad pertinente
Esta decide lo conveniente para laprestación del
servicio, pero las obligaciones que resulten son
ajenas
a la Quiebra
QUIEBRA CONTINUACIÓN INMEDIATA
(ART. 189)
SI LA INTERRUPCIÓN PUDIERA SIGNIFICAR
UN DAÑO GRAVE AL INTERÉS DE LOSACREEDORES
EL DETERIORO de parar máquinas en
proceso de producción continuo
LA
PERDIDA de mercadería o materias
primas perecederas
Se prevé la continuación automática
hasta terminar:
elproceso
las materias primas o mercaderías
Practica Concursal
a) EVITA:
4/26/15
cuando
QUIEBRA CONTINUACIÓN INMEDIATA
(ART. 189)
4/26/15
(art. 204 inc. a)
Practica Concursal
Con miras a laventa de la empresa
como unidad económica
o empresa en marcha
b)
QUIEBRA CONTINUACIÓN INMEDIATA
(ART. 189)
la Fuente de Trabajo
los
trabajadores activos
Acreedores
Laborales
organizados encooperativa (aunque
este en formación)
Hasta 5 días de la ultima publicación de edictos
Practica Concursal
Si lo solicitan las 2/3 partes de:
4/26/15
c) La conservación de
En toda Quiebra4/26/15
EL SINDICO debe informar AL JUEZ:
La posibilidad de continuar con la
explotación
y
la conveniencia de enajenarla en marcha
(Dentro de los 20 días corridos,
desde la aceptación del cargo)Practica Concursal
INFORME DEL SINDICO
SOBRE LA POSIBILIDAD DE
CONTINUAR CON LA EXPLOTACIÓN
2.
La ventaja para los Acreedores de la
enajenación de la empresa en
marcha
3.
Ventaja para 3°s del...
Regístrate para leer el documento completo.