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Páginas: 8 (1857 palabras)
Publicado: 12 de marzo de 2015
DEL TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN
MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA.
(Disposición
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1996, incluyendo su modificación
publicada el 10 de noviembre de 2009 en el referido Diario Oficial y abrogada por la Circular 3/2012que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2012)
Con fundamento en los artículos 35 de la Ley del Banco de México y 8o. de la Ley
Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en la
Ley Reglamentaria de la fracción XVIII del artículo 73 constitucional, en lo que se
refiere a la facultad del Congreso para dictar reglas para determinar elvalor relativo
de la moneda extranjera, y
CONSIDERANDO
Que es conveniente que el tipo de cambio conforme al cual se determine la
equivalencia de la moneda nacional para solventar obligaciones de pago en
moneda extranjera, contraídas dentro o fuera de la República Mexicana, para ser
cumplidas en ésta, se obtenga con base en un procedimiento que permita calcular
un tipo de cambio representativo delas cotizaciones observadas en el mercado de
cambios en distintas horas del día; el Banco de México ha resuelto expedir las
siguientes
DISPOSICIONES APLICABLES A LA DETERMINACION DEL TIPO DE CAMBIO
PARA
SOLVENTAR
OBLIGACIONES
DENOMINADAS
EN
MONEDA
EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPUBLICA MEXICANA
1.
DETERMINACION DEL TIPO DE CAMBIO
1.1 DETERMINACIÓN DEL TIPO DE CAMBIO CON PRECIOS OBTENIDOS A TRAVÉS
DEPLATAFORMAS DE TRANSACCIÓN CAMBIARIA Y DE OTROS MEDIOS
ELECTRÓNICOS
Banco de México determinará el tipo de cambio conforme al procedimiento que se
indica a continuación:
(Modificado por la Resolución del 10 de noviembre de 2009 publicada en el Diario Oficial de la
Federación)
1.1.1 Banco de México obtendrá cada día hábil bancario cotizaciones del tipo de
cambio de compra y venta del dólar de losEE.UU.A. para operaciones liquidables el
segundo día hábil bancario siguiente a la fecha de la cotización, de alguna de las
plataformas de transacción cambiaria o de algún otro medio electrónico similar
que, a su juicio, refleje las condiciones predominantes en el mercado de cambios al
mayoreo. Tales cotizaciones se obtendrán durante los tres períodos siguientes: de
las 9:00:00 a las 9:59:00horas; de las 10:00:00 a las 10:59:00 horas, y de las
11:00:00 a las 12:00:00 horas.
Para tal efecto, Banco de México seleccionará de manera aleatoria dentro de cada
uno de dichos períodos, el momento en el cual tomará la cotización más alta de
compra y la más baja de venta vigentes, que a su juicio representen las
condiciones predominantes en el mercado de cambios al mayoreo al momento de
serobtenidas. El tipo de cambio de equilibrio correspondiente a cada uno de los
períodos, se calculará mediante el promedio aritmético de las cotizaciones
referidas.
(Adicionado por la Resolución del 10 de noviembre de 2009 publicada en el Diario Oficial de la
Federación)
1.1.2 Banco de México procederá a calcular el promedio aritmético de los tres tipos
de cambio de equilibrio referidos, cerrando elresultado a cuatro decimales.
En el evento de que Banco de México no pueda calcular el tipo de cambio de
equilibrio en alguno o algunos de los referidos períodos, determinará el tipo de
cambio que dará a conocer en términos del numeral 1.3.1, con la información que
haya obtenido conforme al procedimiento antes descrito, en el o los periodos que
corresponda.
(Adicionado por la Resolución del 10 denoviembre de 2009 publicada en el Diario Oficial de la
Federación)
1.2 DETERMINACIÓN DEL TIPO DE CAMBIO CON COTIZACIONES SOLICITADAS A
INSTITUCIONES DE CRÉDITO
Cuando Banco de México no pueda obtener cotizaciones del tipo de cambio
conforme a lo señalado en el numeral 1.1, determinará el tipo de cambio con base
en el procedimiento que se describe en el numeral 1.2. Para tal efecto, informará a
las...
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