89 CCyCN Libro 2 Titulo VIII Cap 3 Arts 716 A 720
LIBRO SEGUNDO. RELACIONES DE FAMILIA
TITULO VIII PROCESOS DE FAMILIA
CAPÍTULO 3. REGLAS DE COMPETENCIAS
Comentario de Mariela PANIGADI
Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación. Dir: Graciela Medina, Julio C. Rivera. Cord: Mariano Esper.
Editorial La Ley 2014.
Art. 716. Procesos relativos a los derechos de niños, niñas y adolescentes.Art. 717. Procesos de divorcio y nulidad del matrimonio
Art. 718. Uniones convivenciales.
Art. 719. Alimentos y pensiones compensatorias entre cónyuges o convivientes
Art. 720. Acción de filiación
Bibliografía clásica: KALLER
DE
ORCHANSKY, BERTA, en BUERES-HIGHTON
,Código Civil y normas complementarias , t. I, Hammurabi, Buenos Aires, 1995;
MIZRAHI, MAURICIO LUIS , "El niño y las cuestiones decompetencia", LA LEY,
25/9/2012; "Interés superior del niño. El rol protagónico de la Corte", LA LEY,
2011-E, 907; SOLARI, NÉSTOR, "El principio de inmediación en cuestiones de
competencia", LA LEY, 2009-B, 410.
Art. 716. Procesos relativos a los derechos de niños, niñas y adolescentes. En los procesos referidos a responsabilidad parental, guarda, cuidado,
régimen de comunicación, alimentos,adopción y otros que deciden en forma
principal o que modifican lo resuelto en otra jurisdicción del territorio nacional
sobre derechos de niños, niñas y adolescentes, es competente el juez del lugar
donde la persona menor de edad tiene su centro de vida.
I. RELACIÓN CON EL CÓDIGO CIVIL. FUENTES DEL NUEVO TEXTO
El Código Civil sustituido no contenía un capitulo con las reglas de competencia
de losdistintos procesos de familia, sino que existían disposiciones aisladas,
ubicadas en cada institución (arts. 227, 228, entre otros).
Las reglas de competencia son similares a las que existían en el Código, salvo
la incorporación del derecho de alimentos y pensiones compensatorias de los
convivientes, que no existía y la introducción del concepto de centro de vida,
con gran desarrollo doctrinal yjurisprudencial, para la competencia en procesos
relativos a los derechos de niños, niñas y adolescentes.
El concepto de "centro de vida" para determinar el juez competente en los procesos relativos a derechos de niños, niñas y adolescentes, es tomado del art.
3° de la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños
y Adolescentes, (Adla, LXV-E, 4635) que dice: "...Esteprincipio rige en materia
de patria potestad, pautas a las que se ajustarán el ejercicio de la misma, filiación, restitución del niño, la niña o adolescente, adopción, emancipación y toda
circunstancia vinculad a las anteriores cualquiera sea el ámbito donde deba
desempeñarse...". A su vez el concepto tenía amplio desarrollo doctrinario y
jurisprudencial en materia de restitución de menores. Enefecto, en los casos
de restitución internacional de menores resulta primordial determinar la residencia habitual del niño, ya que, tanto la Convención de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, como la Convención
Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores, tienen por objeto la
inmediata restitución del menor a su lugar de residencia habitual. Elconcepto
de residencia habitual dio lugar a controversias interpretativas, en cuanto a su
alcance y finalmente, varios fallos y posturas doctrinarias, han acordado en definirlo como un elemento fáctico que supone cierta estabilidad y permanencia, y
alude al centro de gravedad del menor, de donde surgió el actual concepto de
centro de vida.
II. COMENTARIO
1. El centro de vida
El artículodetermina que el "centro de vida" del niño, niña o adolescentes determina el juez competente en cualquier conflicto que versen sobre sus derechos.
El centro de vida, o como lo denomina la Corte "centro de gravedad", está
constituido por un conjunto de sensaciones, sentimientos, vivencias, acerca de
las personas, cosas o lugares, que permiten una construcción subjetiva. Esta
se traduce en, sensación de...
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