97 CCyCN Libro 3 Titulo I Cap 3 Arts 790 A 804
LIBRO TERCERO. DERECHOS PERSONALES
TITULO I OBLIGACIONES EN GENERAL
CAPÍTULO 3. CLASES DE OBLIGACIONES
Comentario de Rubén H. COMPAGNUCCI de CASO
Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación. Dir: Graciela Medina, Julio C. Rivera. Cord: Mariano Esper.
Editorial La Ley 2014.
Sección 5ª - Obligaciones con cláusula penal y sancionesconminatorias.
Art. 790. Concepto.
Art. 791. Objeto.
Art. 792. Incumplimiento.
Art. 793. Relación con la indemnización.
Art. 794. Ejecución.
Art. 795. Obligaciones de no hacer.
Art. 796. Opciones del deudor.
Art. 797. Opciones del acreedor.
Art. 798. Disminución proporcional.
Art. 799. Divisibilidad.
Art. 800. Indivisibilidad.
Art. 801. Nulidad.
Art. 802. Extinción de la obligación principal.
Art. 803.Obligación no exigible.
Art. 802. Extinción de la obligación principal.
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Art. 790. Concepto. La cláusula penal es aquella por la cual una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena o multa en
caso de retardar o de no ejecutar la obligación.
I. Relación con el Código Civil. Fuentes del nuevo texto
El Código Civil se ocupa de legislar sobre la " cláusula penal " , en el Título XI,
de la Sec. Ira. Del LibroII, en los arts. 652 a 666.
La definición dada en el art. 790 del nuevo código resulta coincidente con la del
art. 652 del Cód. Civil.
Fuentes: Art. 652 del Cód. Civil.
II. Comentario
1. Definición
Se han brindado diferentes conceptos sobre la cláusula penal. El egregio profesor José Castán Tobeñas, en la doctrina española, da la siguiente definición:
" Es una obligación accesoria que las...
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