abandono de mercancias
A rtículos
rtículos
EL ABANDONO DE MERCANCÍAS
EN EL COMERCIO EXTERIOR
Lic. y M.I. José Francisco Plascencia R.*
L.A.E. y M.I. Ricardo Flores Martínez**
Introducción
Las operaciones de importación y de ex
portación de mercancías generalmente re
quieren de cierto tiempo para su trámite, es
así en razón de que una vez puesta la
mercancía en los recintos aduaneros para
suulterior despacho aduanero (en lo su
cesivo despacho), la autoridad requiere
cierto tiempo para su reconocimiento, para
determinar los impuestos a que se encuen
tra sujeta su introducción o extracción del
país, así como conocer si en última instancia
las mismas se encuentran sujetas a ciertas
restricciones o regulaciones arancelarias y
no arancelarias.
Tal circunstancia es prevista por laspropias normas fiscales federales, y toda
vía más aquellas, que tienen previsto que
las mercancías permanezcan en depósito
sin ningún costo o erogación por parte del
sujeto que realiza la operación de comercio
exterior, toda vez que así lo determinan,
entre otras normas, la propia Ley Aduane
ra, así como la Ley Federal de Derechos
(LFD).
A pesar de lo anterior, pudiera acontecer
que lamercancía no sea retirada por alguna
situación o circunstancia propia o generada
por el propio importador o exportador, con lo
* Investigador, consultor y litigante en materia fiscal. jfpr1952@hotmail.com
** Profesor investigador asociado A, del Departamento de Impuestos de Centro
Universitario de Ciencias Económico Administrativas (CUCEA) de la Universidad
de Guadalajara.
96que la misma causará abandono a favor del
fisco federal, con lo que aquél ya no podrá
recuperar la citada mercancía.
Tal acontecimiento o circunstancia, lógi
camente, será en perjuicio del sujeto que
realiza la operación de comercio exterior
y, en la mayoría de los casos, será en be
neficio del fisco federal u otro tercero que
se ubicaría en la situación de beneficio o
provecho referida.Ahora bien, siendo el abandono una
figura controversial, ¿se materializa con
total apego a las normas legales y consti
tucionales?, ¿respeta la figura los principios
o garantías constitucionales de audiencia,
legalidad y de seguridad jurídica?
En este artículo y en otros siguientes
abordaremos y responderemos dichas pre
guntas, comenzando aquí con el análisis
conceptual y legal de lamencionada figura
aduanera.
Concepto
de abandono de mercancías
Definición literal
El vocablo abandono, según el diccionario
Pequeño Larousse Ilustrado, es: “Acción de
abandonar (…) Descuido. Sinón. V. Negli
gencia. Incumplimiento de los deberes del
cargo o función: abandono de servicio.”
Artículos
Definición doctrinal
Por su parte, para la doctrina, en voz de José
Othón Ramírez,del Instituto de Investigacio
nes Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional
Autónoma de México (UNAM), el abandono de
mercancías “Es una de las formas de extinguir
la relación jurídica aduanera. El abandono puede
ser tácito o expreso, la primera hipótesis consiste
en que las mercancías pasan a propiedad del
fisco federal una vez que ha transcurrido el plazo
de depósito legalmenteestablecido, y no haber
sido destinadas a régimen aduanero alguno y,
la segunda, en la manifestación de voluntad ex
presada por escrito del importador o exportador,
cediendo las mercancías al fisco…”1
Por lo anotado, podemos concluir que el abando
no es una figura que se puede dar por un acto deli
berado o inclusive por una negligencia del importador
o exportador; sin embargo, lo cierto esque, como
dice el autor referido, el mismo significa y materializa
la extinción de la relación jurídica aduanera, con la
ulterior pérdida de propiedad y dominio de la mercan
cía y, además, sin el pago de aranceles, impuestos,
cuotas compensatorias y, en última instancia, sin el
cumplimiento de otros requisitos variados y diversos
que al efecto se deben cumplir.
Marco jurídico del...
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