abogada
El Proyecto de Convenio Internacional sobre salvamento fue aprobado por el CMI en su reunión de Montreal de 1981, trasladándose el mismoa la OMI, que inició su análisis en 1984 (52 período de sesiones). Los trabajos de elaboración de la nueva normativa internacional finalizaron con la aprobación del Convenio de Londres de 1989 sobreasistencia. Frente a lo establecido en el Proyecto, el texto aprobado omite toda referencia a foros de competencia judicial internacional aplicables en tal sector. Reconoce, de forma implícita, latrascendencia práctica de la institución del arbitraje, al establecer en el artículo 27 que los Estados fomentarán, en la medida de lo posible y con el consentimiento de las partes, la publicación de loslaudos arbitrales dictados en la materia.3. ELEMENTOS O PRESUPUESTOS DEL SALVAMENTO
3.1. Peligro
Si no existe peligro no podemos hablar de salvamento. El peligro no tiene que ser absoluto oinminente. Basta que sea posible, pero sí debe ser real, es decir que pueda producir la pérdida de los bienes a los que se expone. Debe también existir al momento en que se prestan los servicios y sureconocimiento legal se da en el artículo 1497. La noción de peligro es una cuestión de hecho que deberá apreciarse de conformidad con las circunstancias de cada caso. Lo importante, de cualquier manera, serála existencia razonable del peligro y no situaciones imaginarias o especulativas.
3.2. Voluntariedad
Los servicios no pueden prestarse con base en una relación preexistente legal o contractual detal manera que el salvador estuviese obligado por algún vínculo de tal naturaleza. Por ejemplo los tripulantes tienen la obligación legal de prestar toda la ayuda que sea posible a fin de hacer que...
Regístrate para leer el documento completo.