abogada
N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, EL PRESENTE ORDENAMIENTO ENTRARÁ EN VIGOR A LOS CIENTO OCHENTA DÍAS SIGUIENTES A SU PUBLICACIÓN.
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el martes 16 de octubre de 2012.
Poder Legislativodel Estado
Dr. Fernando Toranzo Fernández, Gobernador Constitucional del Estado, Libre y Soberano de San Luis Potosí, a sus habitantes sabed: Que el Congreso del Estado ha Decretado lo siguiente:
DECRETO 1154
LA QUINCUAGESIMA NOVENA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI, DECRETA
EXPOSICION DE MOTIVOS…
ARTICULO PRIMERO. Se expide la Ley deMediación y Conciliación para el Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue
LEY DE MEDIACION Y CONCILIACION PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1°. La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general, y tiene como objeto:
I. Fomentar la convivencia armónica e inducir a una cultura de paz social, solucionando losconflictos que surjan en la sociedad, a través del diálogo, mediante procedimientos basados en la economía procesal y la confidencialidad;
II. Fomentar la cultura de la paz y la legalidad a fin de prevenir la generación de conflictos o disputas entre los ciudadanos;
III. Hacer posible el acceso de los particulares a los mecanismos alternativos de solución de controversias establecidos en estaLey;
IV. Regular los mecanismos alternativos de solución de controversias, como formas de autocomposición asistida en la solución de conflictos surgidos entre particulares;
V. Establecer la mediación y la conciliación, como procedimientos alternativos en la prevención y solución de conflictos;
VI. Determinar los principios, bases, requisitos y condiciones para desarrollar la Mediación yla Conciliación como mecanismos alternativos para la solución de las controversias, de manera extraprocesal coadyuvando así a la justicia ordinaria;
VII. Crear un órgano desconcentrado del Poder Judicial del Estado, especializado en la aplicación de la mediación y la conciliación para la solución de conflictos y, fijar las reglas para su debido funcionamiento;
VIII. Identificar losconflictos que pueden resolverse a través de los mecanismos alternativos previstos en esta Ley;
IX. Precisar los requisitos que deben reunir los mediadores o conciliadores y las actividades que deben realizar cuando apliquen un mecanismo alternativo para la solución de controversias;
X. Regular la creación y funcionamiento de centros públicos y privados que brinden este servicio y, fijar las reglaspara su debido funcionamiento;
XI. Normar la actividad que desarrollen los prestadores de los servicios de mediación y conciliación en forma pública y privada;
XII. Señalar los efectos jurídicos de los convenios suscritos por las partes como resultado de los mecanismos alternativos de solución de controversias, y
XIII. Establecer el régimen de responsabilidad administrativa de losservidores públicos que apliquen los procedimientos de mediación o conciliación en la solución de controversias; así como, la responsabilidad civil o penal en que incurran los mediadores y conciliadores de los centros privados.
Artículo 2°. Los habitantes del Estado de San Luis Potosí tienen el derecho de resolver sus controversias a través de vías colaborativas en las que se privilegie el diálogo y,el Estado el deber de proporcionar y promover los mecanismos para que estos conflictos se resuelvan pacíficamente, conforme a los principios y disposiciones de esta Ley.
Artículo 3°. Para efectos de la presente Ley se entenderá por:
I. Acuerdo Inicial: Documento mediante el cual los interesados aceptan prevenir o solucionar determinado conflicto, a través de mecanismos alternativos. Cuando...
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