abogada
Referencia: expedientes T-3051746 y T-3054866 (acumulados)
Acciones de tutela presentadas por Maria Lucila Serna de Rave, en representación de sus nietos Ana María Rave Leguia y Javier Rave Leguia, contra el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio; y Dalys Esther De Ávila De Rubio, mediante apoderado, contra el Instituto de Seguros Sociales -ISS-,Seccional Cesar.
Magistrada Ponente:
MARÍA VICTORIA CALLE CORREA
Bogotá, D.C., nueve (9) de septiembre de dos mil once (2011)
La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados María Victoria Calle Correa, Mauricio González Cuervo y Juan Carlos Henao Pérez, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
En el proceso de revisión de los fallos proferidos, en primera instancia, por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Segovia (Antioquia), el treinta y uno (31) de enero de dos mil once (2011), y en segunda instancia por el Tribunal Superior de Antioquia, Sala Civil-Familia, el quince (15) de marzo de dos mil once (2011), dentro de la acción de tutela instaurada por Maria Lucila Serna deRave, en representación de sus nietos Ana María Rave Leguia y Javier Rave, contra el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio; y los fallos proferidos, en primera instancia, por el Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Valledupar, el doce (12) de enero de dos mil once (2011), y en segunda instancia, por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito deValledupar, el veintiocho (28) de febrero de dos mil once (2011), con ocasión de la acción de tutela promovida por Dalys Esther de Ávila de Rubio, mediante apoderado, contra el Instituto de Seguros Sociales -ISS-, Seccional Cesar.
Los procesos de la referencia fueron seleccionados para revisión por la Sala de Selección Número Cinco, mediante auto proferido el diez (10) de junio de dos mil once (2011).
I. ANTECEDENTES
Las peticionarias instauraron acción de tutela contra el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y el Instituto de Seguros Sociales -ISS-, Seccional Cesar, porque consideraron que dichas entidades vulneraron sus derechos fundamentales a la seguridad social, al mínimo vital y a la vida digna, al haberles negado el reconocimiento a la pensión de sobrevivientesy de invalidez, con fundamento en que el afiliado cotizante, en ambos casos, no cumplió con el requisito de fidelidad al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones.
De acuerdo con la solicitud de tutela y las pruebas obrantes en el expediente, las accionantes sustentan sus peticiones en los siguientes hechos.
Expediente T 3051746
1. Hechos
1.1. Expone la accionante que suhijo, el señor Edgar de Jesús Rave Serna, era profesor y fue asesinado en el Municipio de Remedios, el 9 de abril de 2006, [1] y que, ante la ausencia de su madre, sus dos nietos, menores de edad, [2]quedaron a su cargo. Ante esta situación, el cuatro de enero de 2008, la Comisaría de Familia de Remedios, le entregó a la peticionaria la custodia provisional de los menores, por mutuo acuerdo con laseñora Zoraida Leguia Martínez, madre de los menores y, posteriormente por medio de Sentencia 040 de 2009, el Juzgado Promiscuo Municipal de Remedios, le otorgó su custodia y cuidado permanente, en forma definitiva.[3]
1.2. Así las cosas, el 14 de octubre de 2009, la actora solicitó al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, afavor de sus nietos, teniendo en cuenta que el causante se desempeñaba como docente del municipio.[4] La solicitud fue resuelta negativamente, trece meses después, por medio de la Resolución No.00102117 de 2010,[5]con fundamento en que el afiliado cotizante no había cumplido con el requisito de fidelidad previsto en el literal b del artículo 12, de la Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 46...
Regístrate para leer el documento completo.