Abogada
María Gisela Ruiz
En nuestros días se encuentra muy en boga, ya en nuestro país como en el resto de los países latinoamericanos, ladespenalización o legalización del aborto, lo cual se asocia con menos muertes de jóvenes que se someten a este tipo de prácticas en la clandestinidad, pero deja de verse la persona por nacer que se estágenerando dentro de ese vientre.
¿Por qué creer que el derecho de cada mujer a su propio cuerpo incluye el poder para decidir sobre una vida humana, la cual, a pesar de estar gestándose dentro de dichocuerpo constituye otro ser, forma parte de otra humanidad distinta a la del cuerpo que lo contiene?
Lo dice muy claramente el artículo 70 del Código Civil: “Desde la concepción en el seno maternocomienza la existencia de las personas y antes de su nacimiento pueden adquirir algunos derechos, como si ya hubiesen nacido. Esos derechos quedaran irrevocablemente adquiridos si los concebidos en elseno materno nacieren con vida, aunque fuera por instantes después de estar separados de su madre”.
Asimismo, creo que la enumeración taxativa que hace el Código Penal en su artículo 86 es inclusivade los casos que pueden considerarse válidos para llevar a cabo ésta nociva práctica, “(…) El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: 1º Sise ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios. 2º Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado alpudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto”.
Comprendo que ser demasiado extremista no ayuda muchoa resolver la cuestión, ya que como se establece previamente pueden darse algunos casos especiales en los que sea decisiva la determinación de abortar, como los que afecten la salud física o mental...
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