abogada
'__
._.~ __ h------""' ..
_
j
PROCURADURIA
G¡lmt4L DElA NACION
CIRCULAR No.
de
O 16
2013)
DE:
PROCURADOR GENERAL DE LA NACiÓN
PARA:
JEFES O REPRESENTANTE LEGALES Y ORDENADORES
DE ENTIDADES PÚBLICAS Y ENTIDADES TERRITORIALES
ASUNTO:
RECOMENDACIONES PARA LOS PROCESOS ELECTORALES DE 2014 A
CONGRESO, PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA YREPRESENTANTES DE COLOMBIA ANTE EL PARLAMENTO ANDINO.
FECHA:
o 3 SEr 2013'
DEL GASTO
El Procurador General de la Nación, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales,
en especial las señaladas en el articulo 277 de la Constitución Política y los numerales 2, 7, 16
Y 36 del artículo 7° Decreto-Ley 262 del 22 de febrero de 2000, con el fin de prevenir posiblesirregularidades que afecten el adecuado desarrollo del proceso electoral, recuerda a los
servidores el cumplimiento de la Ley de Garantias Electorales, destacando el inicio y
prohibiciones existentes para cada elección.
.
.
1. ~Marco Legal.
Ley 996 de 2005, de Garantías Electorales, deberá atenderse que:
ARTícULO 90. DECLARACIÓN DEL PRESIDENTE QUE ASPIRA SER
CANDIDA
A
LA
ELECCIÓN
PRESIDENCIAL.
ElPresidente o el Vicepresidente de la
República que aspiren a la elección presidencial, de conformidad con las
calidades establecidas en la Constitución Política, deberán declarar públicamente
y por escrito su interés de presentarse como candidatos, seis (6) meses anles de
la votación en primera vuelta. Copia del escrito deberá deposilarse en la
Registradurla Nacional dei Estado Civi/'.
roARTícULO 33. RESTRICCIONES A LA CONTRATACiÓN PÚBLICA. ' Duran le los cualro (4) meses anteriores a la
elección presidencial y hasta la realización de la elección en la segunda vuetta, si
fuere el caso, queda prohibida la contratación directa por parle de lodos los enles
del Eslado.
1 Artículo
declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE por la Corte Constitucional
mediante Sentencia C-1153 de11 de noviembre de 2005, Magistrado Ponente Dr. Marco
Gerardo Monroy Cabra, 'en el entendido que desde ese momento, el Presidente o el
Vicepresidente quedan sujetos a las restricciones y prohibiciones contenidas en los artículos
25,26,27,29,30,31,32,33,38 Y 40 del Proyecto de Ley
CONDICIONADO a que se entienda que para el Presidente o el Vicepresidente de la
República se aplique desde quemanifiestan el interés previsto en el artículo 9.
2
1
.1----------
Queda exceptuado to referente a la defensa y seguridad del Estado, tos contratos
de crédito público, los requeridos para cubrir las emergencias educativas,
sanitarias y desastres, asi como también los utilizados para ia reconstrucción de
vias, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, encaso
de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, desastres naturales o
casos de fuerza mayor y los que deban realizar fas entidades sanitarias y
hospitalarias.
Ley 996 de 2005, A los empleados de! Estado les está prohibido:
Articulo 38: A los empteados del Estado tes está prohibido:
( ...)
Parágralo. Los Gobernadores, Alcaldes Municipales y/o Distritales, Secretarios,Gerentes y directores de Entidades Descentralizadas del orden Municipal,
Departamental o Distrital, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las
elecciones, no podrán celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de
recursos públicos, ni participar, promover y destinar recursos públicos de las
entidades a su cargo, como tampoco de las que participen como miembros de sus
juntasdirectivas, en o para reuniones de carácter proselitista.
Tampoco podrán inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter
social en reuniones o eventos en los que participen candidatos a la Presidencia y
Vicepresidencia de la República, el Congreso de la República, Gobernaciones
Departamenlales, Asambleas Departamentales, Alcaldias y Concejos Municipales
o Distrilal. Tampoco podrán...
Regístrate para leer el documento completo.