Abogado ad litem

Páginas: 6 (1473 palabras) Publicado: 22 de marzo de 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

EXPEDIENTE N° 3730-09.-

MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

PARTE ACTORA: BRAVO SUMINISTRO C.A.

APODERADAS JUDICIALES: GEORGINA SANCHEZ DE MARTINEZ y MARIA CAROLINA MARTINEZ SANCHEZ.PARTE DEMANDADA: DIANA BARRETO DIAZ.

DEFENSOR AD LITEM: ABG. SILVIA RIVAS

-I-
Revisada como ha sido la presente causa este juzgador constata que se venció el lapso de apelación sin que la defensora ad litem de la parte demandada ejerciera el recurso de apelación, en consecuencia este juzgador observa:
PRIMERO: De la revisión de la causa y de la sentencia de fecha 23 de Febrero de2011 se evidencia que la parte demandada ciudadana DIANA BARRETO DIAZ, suficientemente identificada en autos, estuvo defendida a lo largo del juicio por un defensor ad litem, a saber: Abg. SILVIA RIVAS, Inpreabogado N° 31.906.
SEGUNDO: La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 10 de febrero de 2009, con ponencia del Magistrado: FRANCISCO ANTONIO CARRASQUEROLÓPEZ, dictaminó:

"...Aunado a lo anterior, considera esta Sala que el Juez como rector del proceso debe proteger los derechos del justiciable, más aún cuando éste no se encuentra actuando personalmente en el proceso y su defensa se ejerce a través de un defensor judicial, pues como tal debe velar por la adecuada y eficaz defensa que salvaguarde ese derecho fundamental de las partes, por lo que enel ejercicio pleno de ese control deberá evitar en cuanto le sea posible la transgresión de tal derecho por una inexistente o deficiente defensa a favor del demandado por parte de un defensor adlitem.
Asimismo, ha sido criterio de la doctrina que el artículo 15 del Código de Procedimiento Civil constriñe al Juez a evitar el perjuicio que se le pueda causar al demandado, cuando el defensoradlitem no ejerce oportunamente una defensa eficiente, ya sea no dando contestación a la demanda, no promoviendo pruebas o no impugnando el fallo adverso a su representado, dado que en tales situaciones la potestad del juez y el deber de asegurar la defensa del demandado le permiten evitar la continuidad de la causa, con el daño causado intencional o culposamente por el defensor del sujeto pasivo de larelación jurídica procesal en desarrollo; por lo que corresponderá al órgano jurisdiccional -visto que la actividad del defensor judicial es de función pública- velar porque dicha actividad a lo largo de todo el iter procesal se cumpla debida y cabalmente, a fin de que el justiciable sea real y efectivamente defendido "...." (Negrillas adicionadas)

Sobre este aspecto, cabe destacar queciertamente en sentencia N° 531, de fecha 14 de abril de 2005, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, reconoció que en su decisión N° 967 del 28 de mayo de 2002, había indicado:

“que bastaba con el nombramiento y posterior juramentación del defensor ad litem por parte del órgano jurisdiccional, para garantizar el derecho a la defensa de la parte demandada en juicio; sin embargo, el26 de enero de 2004, al asumir un nuevo criterio, esta Sala fue más allá y estableció mediante decisión N° 33, que ‘(…) la función del defensor ad litem, en beneficio del demandado, es el de defenderlo, el que el accionado pueda ejercer su derecho de defensa, lo cual supone que sea oído en su oportunidad legal. De allí, que no es admisible que el defensor ad litem no asista a contestar lademanda, y que por ello se apliquen al demandado los efectos del artículo 362 del Código de Procedimiento Civil. El defensor ad litem ha sido previsto en la ley (Código de Procedimiento Civil), para que defienda a quien no pudo ser emplazado, no para que desmejore su derecho de defensa. (...omisis...) Si el defensor no obra con tal diligencia, el demandado queda disminuido en su defensa, por lo que la...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Ad litem
  • Defensor Ad Litem
  • Curador Ad Litem
  • tutor ad-litem
  • La Representación ad litem
  • Defensor Ad Litem
  • El Curador Ad Litem En Los Juicios De Divorcio
  • Curaduría ad litem en el sistema procesal ecuatoriano

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS