Abogado Corporativo

Páginas: 9 (2042 palabras) Publicado: 25 de marzo de 2014
CAPITULO IX

DE LOS MATRIMONIOS NULOS E ILICITOS

Art. 235.- Son causas de nulidad de un matrimonio:

I.- El error acerca de la persona con quien se contrae, cuando entendiendo un cónyuge celebrar matrimonio con persona determinada, lo contrae con otra;

II.- Que el matrimonio se haya celebrado concurriendo algunos de los impedimentos enumerados en el artículo 156;

(REFORMADA, P.O.23 DE NOVIEMBRE DE 2001)
III.- Que se haya celebrado en contravención a lo dispuesto en los artículos 94, 97, 100, 101, 102 o 103.

Art. 236.- La acción de nulidad que nace de error, sólo puede deducirse por el cónyuge engañado; pero si éste no denuncia el error inmediatamente que lo advierte se tiene por ratificado el consentimiento y queda subsistente el matrimonio, a no ser que exista algúnotro impedimento que lo anule.

(REFORMADO, P.O. 04 DE ABRIL DE 2011.
Art. 237.- La menor edad de dieciséis años en el hombre y la mujer, dejará de ser causa de nulidad.

I.- Cuando haya habido hijos;

(REFORMADA, P.O. 10 DE JUNIO DE 1970)
II.- Cuando, aunque no los haya habido, el menor hubiere llegado a los dieciocho años, y ni él ni el otro cónyuge hubieren intentado la nulidad.(REFORMADO, P.O. 04 DE JULIO DE 2007)
Art. 238.- La nulidad por falta de autorización de los ascendientes sólo podrá alegarse por aquél o aquellos a quienes tocaba prestar dicha autorización, y dentro de treinta días contados desde que tengan conocimiento del matrimonio.

Art. 239.- Cesa esta causa de nulidad:

I.- Si han pasado los treinta días sin que se haya pedido;

II.- Si dentro deeste término, el ascendiente ha consentido expresamente en el matrimonio, o tácitamente, haciendo donación a los hijos en consideración al matrimonio, recibiendo a los consortes a vivir en su casa, presentando a la prole como legítima al Registro Civil, o practicando otros actos que a juicio del Juez sean tan conducentes al efecto, como los expresados.

(REFORMADO, P.O. 04 DE JULIO DE 2007)Art. 240.- La nulidad por falta de autorización del tutor o del juez, podrá pedirse dentro del término de treinta días por cualesquiera de los cónyuges, o por el tutor; pero dicha causa de nulidad cesará si antes de presentarse demanda en forma sobre ella se obtiene la ratificación del tutor o la autorización judicial, confirmando el matrimonio.

Art. 241.- El parentesco de consanguinidad nodispensado anula el matrimonio; pero si después se obtuviere dispensa y ambos cónyuges, reconocida la nulidad, quisieren espontáneamente reiterar su consentimiento por medio de una acta ante el Oficial del Registro Civil, quedará revalidado el matrimonio y surtirá todos sus efectos legales desde el día en que primeramente se contrajo.

Art. 242.- La acción que nace de esta clase de nulidad y la quedimana del parentesco de afinidad en línea recta, pueden ejercitarse por cualesquiera de los cónyuges, por sus ascendientes y por el Ministerio Público.

Art. 243.- La acción de nulidad que nace de la causa prevista en la fracción V del artículo 156, podrá deducirse por el cónyuge ofendido o por el Ministerio Público, en el caso de disolución del matrimonio anterior, por causa de divorcio; y sólopor el Ministerio Público, si este matrimonio se ha disuelto por muerte del cónyuge ofendido.

En uno y en otro caso, la acción debe intentarse dentro de los seis meses siguientes a la celebración del matrimonio de los adúlteros.

Art. 244.- La acción de nulidad proveniente del atentado contra la vida de alguno de los cónyuges para casarse con el que quede libre, puede ser deducida por loshijos del cónyuge víctima del atentado, o por el Ministerio Público, dentro del término de seis meses, contados desde que se celebró el nuevo matrimonio.

Art. 245.- El miedo y la violencia serán causa de nulidad del matrimonio si concurren las circunstancias siguientes:

I.- Que uno u otra importen peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud o una parte considerable de los...
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