Abogado

Páginas: 46 (11492 palabras) Publicado: 31 de marzo de 2012
Sentencia T-136/07
Referencia: T-1454004
Acción de tutela instaurada por Flor Marina
Higuita Sepúlveda contra la Agencia
Presidencial para la Acción Social y la
Cooperación Internacional – Acción Social.
Magistrado Ponente:
Dr. JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO
Bogotá, D.C., veintisiete (27) de febrero de dos mil siete (2007).
La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, enejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
dentro del proceso de revisión de los fallos adoptados por el Tribunal Superior
del Distrito Judicial, Sala de decisión Penal de Armenia, Quindío y la Corte
Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal que resolvieron la acción de tutela
instaurada por Flor Marina Higuita Sepúlveda contra la AgenciaPresidencial
para la Acción Social y la Cooperación Internacional – Acción Social.
I. ANTECEDENTES
La acción de tutela interpuesta
La señora Flor Marina Higuita Sepúlveda interpuso acción de tutela contra la
Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional –
Acción Social, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales a la
atención de las víctimas dela violencia, a la asistencia humanitaria y a la
integridad personal. La acción interpuesta se fundamenta en los siguientes
hechos:
1. En el año 2001 Flor Marina Higuita Sepúlveda y su núcleo familiar,
compuesto por su cónyuge y sus dos hijos menores de edad, fueron expulsados
de Santa Fe de Antioquia, viéndose forzados a desplazarse hasta la ciudad de
Armenia. Allí fueron inscritos enel Registro Único de Población Desplazada
(en adelante RUPD).
2. Luego de algunas solicitudes, en febrero de 2003, la Red de Solidaridad
Social entregó a la familia de la peticionaria una ayuda de asistencia
humanitaria que consistía en un kit de semillas, herramientas y abono para trabajar un lote de terreno que la familia había conseguido. El terreno se
encontraba ubicado en lavereda la Venada, municipio de Génova, Quindío.
3. El esposo de la accionante fue asesinado el 5 de junio de 2003. La accionante
se desplazó inmediatamente con sus hijos al Municipio de la Tebaida en donde
llegó a la casa de la señora Gilma Holguín, madre de su cónyuge asesinado.
4. El 3 de octubre de 2003, la accionante solicitó a la Personería Municipal de la
Tebaida, que requiriera alpersonero de Génova para que éste último enviara el
certificado de inhumanación y constancia de muerte violenta del señor Javier de
Jesús Padierna Holguín. Tal solicitud se hizo con el propósito de demostrar el
desplazamiento y obtener el apoyo del Estado. Sin embargo, según la
accionante, esta constancia nunca llegó.
5. El 22 de junio de 2004, la Fiscalía Décima Delegada ante el JuzgadoPenal
del Circuito de Calarcá certificó, a solicitud de Gilma del Socorro Holguín,
madre del occiso, que ante ese despacho se adelantó el proceso por el homicidio
del señor Javier de Jesús Padierna Holguín. Al respecto indicó “El 22 de
diciembre de 2003 se archivó la actuación y se profirió resolución inhibitoria
por no poder establecerse la identidad del sindicado.”
6. El 23 deseptiembre de 2004, la accionante solicitó a Acción Social la entrega
de la asistencia humanitaria a que tiene derecho por estar inscrita en el RUPD.
Afirmó que debido a falta de información de la entidad y el temor que le
ocasionaba trasladarse al municipio de Génova para obtener el certificado civil
de defunción de su esposo no pudo acudir antes para solicitar la ayuda
humanitaria. Además,señaló que necesita urgente dicha ayuda ya que no tiene
donde vivir ni como sufragar las necesidades básicas de sus hijos.
7. El 11 de octubre de 2004, Acción Social le informó que la solicitud de la
ayuda no fue presentada “dentro del plazo que contempla el artículo 16 de la
Ley 418 de 1997, prorrogada por la Ley 548 de 1999 y prorrogada y
modificada por la Ley 782 de 2002”. Esta...
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