abogado
La ley 331 de 1996 establece una prohibición para los entes universitarios sobre la expedición de acuerdos o resoluciones que incrementen los salarios de sus empleados:
ARTICULO13: “Las jutas y consejos directivos o consejos superiores de las entidades descentralizadas y entes universitarios no podrán expedir acuerdos o resoluciones que incrementensalarios, primas, bonificaciones, gastos de representación, viáticos, horas extras, créditos, prestaciones sociales, ni con ordenes de trabajo autorizar la ampliación en forma parcial o total de los costas de las plantas o normas de personal”
La ley 331 de 1996 fue la ley anual de presupuesto que rigió del 1 de enero de 1997 a 31 de diciembre de el mismo año y su articulo 13 es muy apropiadopara analizar la autonomía de las universidades y si prohibiciones como las que consagra el articulo citado son o no violatorias de la constitución nacional.
Sobre esto se pronuncia la corteen la sentencia C-053 DE 1998 y partió aclarando conceptos como el de el presupuesto del cual dijo encaminaba al principio de la racionalización de el gasto publico, el de la autonomía universitariaaclarando que aunque en ellas no opera el control de constitucionalidad si admite controles y limitantes por parte de el legislador y además dice la corte que “considera necesarios a efectos de armonizar1 y articular el funcionamiento de estas entidades con las demás que conforman la estructura de el estado...” pero aun así advierten, estos limites no pueden afectar la esencia de dicha autonomía(sentencia C-053 de 1998).Sobre el debate surge otro concepto importante para la discusión: la naturaleza de las universidades publicas concepto contenido en la misma sentencia que definitivamente es conducente para establecer los limites de la autonomía constitucional de las universidades, ellas son: órganos autónomos e independientes de las ramas de el poder publico que gozan de un régimenespecial para ellas como es el que contiene la ley 30 de 1992, que los salarios y prestaciones sociales que deben pagar las universidades serán cubiertos por el presupuesto general de la nación específicamente las asignaciones hechas para gastos de funcionamiento2, es precisamente esta disposición que establece el origen de los recursos para salarios y prestaciones sociales de las universidades loque permite que prohibiciones como las contenidas en la ley 331 de 1996 tengan cabida jurídica ya que si las prestaciones sociales y los valores saláriales que pagan las universidades provienen del presupuesto nacional se genera un limitante sin ningún distingo a todas las universidades publicas en lo atinente a estos valores saláriales pues su fijación es responsabilidad del gobierno nacionalcon sujeción a laspautasgenerales establecidas por el legislador 3 por que la autonomía que concede la constitución a ciertos entes nunca es absoluta y no necesariamente genera como consecuencia que sea el mismo ente el que debe fijar su régimen salarial y de ser así no podría hacerlo por encima de lo establecido por el congreso en la ley marco4 y por el gobierno en el respectivo decretoreglamentario como lo dice la corte “ En todo caso , nunca la aludida autonomía podrá ser absoluta, puesto que los emolumentos no pueden superar la cifra de gastos publico que determine el presupuesto aprobado por el congreso”( sentencia C312 de 1997) y esto es algo en lo que hay que hacer especial énfasis por que como ya lo ha dicho la corte en reiterada jurisprudencia la autonomía entregada por elconstituyente a las universidades estatales no les da superioridad frente al estado por que como entes estatales pertenecen a el y están sujetos a sus limitantes tanto constitucionales como legales5 y en el caso particular lo atinente a la fijación de los valores saláriales que deben pagar las universidades publicas, no se hace diferenciación entre las del orden nacional y las del orden...
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