Abogado
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui
Barcelona, 17 de mayo de 2011
201º y 152º
ASUNTO: BP01-R-2011-000031
PONENTE: Dra. CARMEN B. GUARATA
Se recibió Recurso de Apelación interpuesto conforme al artículo 447 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, por la abogada KARINA LÓPEZ SUAREZ, en sucarácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, en la causa seguida al ciudadano JENNER RAFAEL RODRÍGUEZ PINTO, contra de la decisión dictada por el Tribunal de Control Nº 07 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14 de marzo de 2011, en la cual decretó Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de las previstas en los numerales 3º, 4º y 8º del artículo 256 ejusdem,al ut supra mencionado imputado.
Dándosele entrada en fecha 14 de abril de 2011, se le dio cuenta al Juez Presidente; y aceptada la distribución le correspondió la ponencia del mismo a la Dra. CARMEN B. GUARATA, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.
FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE APELACIÓN
La representante del Ministerio Público Abg. KARINA LÓPEZ SUAREZ, fundamenta su recursoen los siguientes términos:
“…Quien suscribe, KARINA LÓPEZ SUAREZ, actuando en mi carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público… …ocurro ante usted a los fines de Darme por notificado de la decisión emitida e Interponer Formal Recurso de Apelación, contra el auto dictado por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control… …que acordó medida Cautelar Sustitutiva de Libertada favor del acusado JENNER RAFAEL RODRÍGUEZ PINTO… …en los términos siguientes;
En fecha 06 de Febrero de 2.011, se celebró audiencia de presentación del Detenido JENNER RAFAEL RODRÍGUEZ PINTO… …Es decir que el Juez de Control al momento de la presentación decreta la privación Judicial Preventiva de Libertad, del imputado, por encontrar llenos todos lo extremos del artículo 250 (privación delibertad), sumado a la existencia del peligro de fuga (251); derivado de la pena que podría llegar a imponerse (ordinal 2º) y a la magnitud del daño causado (ordinal 3º). Una vez finalizada la fase de investigación esta Representación Fiscal, presenta acto conclusivo de Acusación en fecha 09 de Marzo de 2.011, sin embargo, por haberse recabado suficientes y contundentes elementos de convicción yórganos de prueba que demuestran las responsabilidad y participación del Imputado en delito antes descrito, resaltándose el hecho que se ratifica en el escrito la solicitud de privación de libertad por cuanto no han variado las circunstancias que dieron origen a la misma y que por el contrario las mismas han empeorado, debido a que al comienzo se contaba con elementos de convicción y al momento deconsignar el escrito acusatorio se refleja la existencia de pruebas en contra del imputado. Así las cosas, corre inserto de fecha 14 de Marzo, dictado por la el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control… …en el que acordó medidas Cautelares Sustitutivas de la privación de Libertad a favor del acusado JENNER RAFAEL RODRÍGUEZ PINTO… …basado en la extemporaneidad de la interposicióndel escrito acusatorio por parte del Ministerio Público y por ende el vencimiento del lapso… …sin tomar en consideración la presunción razonable del peligro de obstaculización establecido en el artículo 252 del Código Orgánico Procesal Penal, considerando esta representación Fiscal que la misma es insuficiente para garantizar la resulta del proceso persecutorio. Ciudadanos Magistrados es criteriode esa corte, que ante delitos como los que le han sido atribuidos al imputado de marras el hecho de mantener la Medida privativa de Libertad aun cuando el escrito acusatorio haya sido presentado fuera del lapso establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, no constituye en modo alguno que este recibiendo un trato de culpable o cumplimiento una sentencia anticipada ya que...
Regístrate para leer el documento completo.