Por control político, fiscal y disciplinario, se entiende la facultad legal de inspección, fiscalización, intervención, limitación del poder, orientado a fiscalizar la actividad de laadministración para evitar abusos de poder; el control político lo tienen, según la Corte Constitucional; el Senado, la Cámara de Representantes, las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales, unainterpretación amplía del Art. 40 de la C.N., le otorgaría control político a las Juntas Administradoras Locales; control político definido como la posibilidad de elegir y ser elegido, tomar parte encualquier forma de participación democrática, constituir movimientos políticos, revocar mandatos según la forma que establezca la Constitución y la Ley, solicitar y garantizar una administracióntransparente y en caso de fallas exigir las responsabilidades políticas de los agentes de la administración elegidos popularmente, al igual que de su administración. Las Juntas Administradoras localespor mandato del Art. 318 numeral 2° se encuentran facultadas para vigilar y controlar la prestación de los servicios municipales en sus comunas o corregimientos, al igual que las inversiones que serealicen con recursos públicos, ordinarios o de presupuesto participativo
Ejercer control político sobre la gestión de la administración municipal, implica solicitarle a ella - Alcalde y susSecretarios de Despacho - Jefes de Departamentos Administrativos - Representantes legales de entidades descentralizadas del orden municipal – Personero – Contralor - dar cuenta del cumplimiento de lasfunciones asignadas; para ello el Art. 38 de la Ley 136 de 1.994 permite citar a los funcionarios, solicitarles informes escritos, sobre actuaciones propias de su cargo y desarrolladas durante la gestiónadministrativa, con el fin de verificar la legalidad, transparencia y responsabilidad; dejando en claro que la moción de observaciones que es de corte legal, está reservada, según el artículo 39...
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