abogado

Páginas: 7 (1537 palabras) Publicado: 18 de mayo de 2014
Señores:
CAJA NACIONAL DE PREVISION EICE
A/A: GERENTE GENERAL
E. S. D.


Respetado Doctor (a):


CONSUELITO ROJAS MURCIA, mayor de edad, domiciliado en Villavicencio (Meta) identificado con la cédula de ciudadanía No. 21.174.097 de Acacias (Meta), manifiesto que OTORGO PODER ESPECIAL AMPLIO Y SUFICIENTE, al Dr. JORGE HERNAN ZAPATA VARGAS, abogado enejercicio, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 11.349.592 de Zipaquira y portador de la T,.P. 94238 del C.,S. de la J., para que en mi nombre y representación acuda ante su entidad para la defensa de mis derechos fundamentales de pensión y promueva acción de Revocatoria Directa contra la Resolución No. 17484 de 2007, y agote la vía administrativa.

El apoderadoespecial, queda facultado de conformidad con el Art., 70 del C. de P.C., con el presente manifiesto que revoco cualquier mandato judicial otorgado a otro facultativo en derecho.

Sírvase, Señor (a) Gerente reconocer personería adjetiva al apoderado especial.


Cordialmente,



CONSUELITO ROJAS MURCIA
C. C. No. 21.174.097 de Acacias

Acepto,



JORGE HERNAN ZAPATA VARGAS
C. C. No.11.349.592 de Zipaquira
T. P. No. 94238 del C. S. de la J.









Señor
Gerente
CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL EICE
E. S. D.

REF: Acción de Revocatoria Directa contra la Resolución No. 17484 DE2007. Accionaría: CONSUELITO ROJAS MURCIA C.C. No. 21.174.097


JORGE HERNAN ZAPATA VARGAS, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad, apoderada de la señora CONSUELITO ROJAS MURCIA, solicitante de La pensión “Gracia” dentro del proceso de la referencia, por el presente escrito manifiesto a usted respetuosamente, que interpongo ACCION DE REVOCATORIA DIRECTA conforme a loestablecido en el articulo 69 causal No. 1 y 3 y s.s. del Código Contencioso Administrativo contra la Resolución Administrativa No. 17984 DEL 7 DE MAYO DE 2007.

ANTECEDENTES

1. Mi representada presento solicitud ante su entidad solicitando el reconocimiento y pago de la pensión GRACIA de conformidad con la Ley 114 DE 1913, 116 DE 1928 y 37 de 1933, Petición No. 12261/2006.

2. Para lo anterior seallegaron pruebas como Registro civiles de nacimiento, certificados de tiempo de servicios prestados en los Colegios Jorge Eliécer Gaitan y en el Colegio Santa Tereza de Pachaquiaro, declaración extraproceso juramentada, antedentes de buena conducta de Procuraduría y Fotocopia de la Cedula.

3. La Resolución acotada niega la pensión expresamente “Que de acuerdo a las normas antes transcritas ylos elementos de juicios existentes en el cuaderno administrativo, se observa que no hay lugar en el reconocimiento de la prestación solicitada por cuanto el peticionario no demostró el cumplimiento de los requisitos previstos en la ley, es decir 20 años de servicio en la docencia oficial del orden departamental, municipal, o distrital”.

4. Las certificaciones expedidas que obran a folio delexpediente son muy claras sin contar el tiempo que ha pasado de labores a la fecha.

5. Escuela Puerto Esperanza (Margen Derecho Vistahermosa – Meta)., posesión por nombramiento de fecha 10 de octubre de 1978 y Retiro de fecha 05 de mayo de 1983. Tiempo laborado continuo: 1650 DIAS. Tipo de docencia: Departamental

6. Colegio Nacionalizado JORGE ELICER GAITAN (PUERTO GAITAN) posesión pornombramiento 25 de mayo 1992 hasta el día 20 de febrero de 2005, continua por traslado en la Unidad Educativa Santa Tereza de Pachaquiaro (Puerto López) fecha de certificación de 21 de feb de 2005, en la actualidad sigue laborado en este plantel. Tiempo Continuo: 5760 DIAS. Tipo de Docencia Departamental.

7. Total de días prestados de servio al Departamento del Meta 7410 = 20.5 años, muchos menos...
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