Abogado

Páginas: 11 (2697 palabras) Publicado: 12 de septiembre de 2012
ACUERDO NACIONAL DE BUENAS PRACTICAS PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY REFORMATORIA AL TITULO V, LIBRO SEGUNDO, “DEL DERECHO A ALIMENTOS”, DEL CODIGO ORGÁNICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (R. O. 643 de Julio 28 de 2009) Luego de los talleres de validación realizados con la participación de los señores Jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y Civiles del país, y los funcionarios del ConsejoNacional de la Niñez y Adolescencia, se acordó que todos y cada uno de los jueces debemos tener presente las siguientes puntualizaciones: CAPITULO I a) Respecto a la salvedad que se prevé en el Art. innumerado 3, se consideró: la compensación procede cuando al existir una deuda de alimentos no cancelada en la forma determinada por el Juez, el demandado presenta documentos (v.g. facturas o notas deventa debidamente aprobadas por el SRI respecto a gastos de educación, salud) que dan cuenta que éste ha cumplido con el pago de la obligación en la forma determinada en el innumerado Art. 2. El juez deberá analizar en cada caso concreto la pertinencia de dicha compensación, en virtud de su facultad soberana. Respecto a gastos prenatales, a falta del obligado, la deuda se trasmitirá a losherederos. b) En cuanto inciso segundo del Art. innumerado 5, se estima que la actora con la presentación del formulario, deberá dar estricto cumplimiento a la comprobación (ausencia, impedimento, insuficiencia de recursos o discapacidad del padre o madre demandado-a), utilizando para ello los medios probatorios previstos en el Código Adjetivo Civil y/o Ley Notarial (Información Sumaria, DeclaraciónJuramentada, movimiento migratorio, etc.), a fin de vialibilizar que la prestación de alimentos sea pagada o completada por los obligados subsidiarios, bajo prevenciones de abstención y/o archivo. De otro lado se debe tomar en cuenta que, si la actora al presentar el formulario de demanda no reclama en sus pretensiones a los obligados subsidiarios ni pide se los cite, no procede que éstos sean los quecumplan con el pago de los alimentos, atento lo dispuesto en el Art. innumerado 22. c) En lo referente a la repetición de lo pagado que establece el inciso 6to., del Art. Innumerado 5, los parientes propondrán la

acción ante los Jueces de lo Civil, por tratarse del cobro de una obligación. d) En el Art. innumerado 6, se estima que el Consejo de la Judicatura instruya a las DireccionesProvinciales de dicho organismo, publiciten, informen y promuevan (a través de los Consultorios Jurídicos Gratuitos de las Universidades, de los Colegios de Abogados y demás organizaciones sociales), la utilización del formulario de demanda, debiendo adjuntar al mismo la mayor cantidad de pruebas conforme el inciso tercero del Art. innumerado 34, y disponga a los/as Jefes de las Salas de Sorteos para queinformen que no basta con presentar el formulario de demanda, sino también las pruebas necesarias a fin de garantizar adecuadamente los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Que a partir del 16 de noviembre del 2009, todas las demandas de alimentos tendrán que presentarse en el formulario que se encuentra elaborado en la página (www.funcionjudicial.gov.ec) del Consejo de la Judicatura,debiendo iniciarse una campaña masiva que de a conocer al usuario la implementación del mismo. e) En relación al Art. Innumerado 8, se estima que el Juez en el auto de calificación dispondrá que la parte demandante, preste su colaboración para que se cite al/los demandados en el menor tiempo posible. De no haberse especificado la forma de citación, se dispondrá remitir el proceso a la Oficina deCitaciones, dejando a salvo el derecho de la actora a hacer uso de las demás formas de citación, conforme lo prevé el inciso segundo del Art. innumerado 35. Lo anotado tiene como finalidad impedir una posible vulneración del derecho a la defensa y a la seguridad jurídica, ya que sería inadmisible que transcurran meses y años hasta que se produzca la citación y la evacuación de audiencia única, con lo...
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