Abogado
Art.245 – “En los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a UN (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengadadurante el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si éste fuera menor. Dicha base no podrá exceder el equivalente de TRES (3) veces el importe mensual de la suma que resulte del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador, al momento del despido, por la jornada legal o convencional, excluida la antigüedad. AL MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL le corresponderá fijar y publicar el promedio resultante, juntamente con las escalas salariales de cada Convenio Colectivo de Trabajo.
Para aquellos trabajadores excluidos del convenio colectivo de trabajo el tope establecido es en párrafo anterior será el del convenio aplicable al establecimiento donde preste servicios o al convenio más favorable, en el casode que hubiera más de uno.
Para aquellos trabajadores remunerados a comisión o con remuneraciones variables, será de aplicación el convenio al que pertenezcan o aquel que se aplique en la empresa o establecimiento donde preste servicios, si éste fuere más favorable.
El importe de esta indemnización en ningún caso podrá ser inferior a UN (1) mes de sueldo calculado sobre la base del sistemaestablecido en el primer párrafo. (Texto según art. 5° Ley 25.877)”
ANALISIS
El artículo 245 prevé una indemnización por antigüedad o despido equivalente a un mes de sueldo por cada año de antigüedad que tuviera el trabajador o fracción mayor a tres meses.
Por “fracción mayor a 3 meses” debemos entender que si la antigüedad superara los 3 meses se computará para los efectos legales como 1 año deantigüedad. (3 años, 3 meses y 4 días, para nuestro ordenamiento laboral son 4 años de antigüedad.)
Se debe tomar para el cálculo de este rubro la “mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada” durante el último año trabajado o el tiempo de prestación de servicios si fuese menor a 1 año la antigüedad. Al respecto la jurisprudencia dispuso que al tomar este módulo como punto dereferencia para la determinación del resarcimiento, se puede inferir que el fin propuesto por la norma fue otorgar al trabajador una base para el cálculo indemnizatorio que fuera suficientemente representativa de su nivel de ingresos en circunstancias en que éstos sufrieran variaciones, ya sea de tipo real o nominal, su finalidad no fue otra que ponderar la base de cálculo de la indemnización sobre pautasreales. Corte Suprema año1984.
Asimismo en la misma norma se establecían los topes máximos para dicha indemnización, es decir que aquella no podía superar el equivalente a 3 veces el importe mensual de la suma que resultara del promedio de todas las remuneraciones previstas en el Convenio Colectivo aplicable al trabajador según su actividad. Para aquellos trabajadores “excluidos” del ConvenioColectivo de Trabajo el tope será el que corresponda al convenio de actividad aplicable al establecimiento donde preste servicio o al más favorable si hubiera más de uno; para los trabajadores remunerados a comisión o con remuneraciones variables se les aplicará el convenio de la actividad a la que pertenezcan o aquel que se aplique en la empresa o establecimiento donde presten servicios – siempre sieste fuere más favorable-.(art.5° de la Ley 25.877 que sustituye el texto del art. 245 L.C.T.)
A lo largo de los años, este tope máximo fue muy criticado por la doctrina y jurisprudencia, decretándose en muchos decisorios judiciales la declaración de inconstitucionalidad de esta parte de la norma con basamento en el derecho de propiedad y la confiscatoriedad que implicaba este tope máximo en...
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