Abogado

Páginas: 28 (6782 palabras) Publicado: 20 de octubre de 2012
1 EL PARTICULAR DAMNIFICADO. ROBERTO FALCONE

El Particular Damnificado en el Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires a partir de los últimos precedentes de la C.S.J.N. “La hora de la víctima”
Sumario:
1.- El Particular Damnificado. Concepto. Su controvertido carácter de parte. Consideraciones generales.
2.- Su intervención en la etapa intermedia y en el debate oral. Suproyección a partir de los casos “Santillán”, “Del Olio” y “Quiroga” de la C.S.J.N. La repercusión en el derecho local de la jurisprudencia de los organismos regionales de protección de los derechos humanos.
3.- Conclusiones.



1.- EL PARTICULAR DAMNIFICADO. CONCEPTO. SU CONTROVERTIDO CARÁCTER DE PARTE. CONSIDERACIONES GENERALES.

La víctima del delito ha sido considerada en la legislaciónprocesal penal de la Provincia de Buenos Aires por medio de la figura del Particular Damnificado .
Este rol puede ser asumido por todo sujeto jurídico, de existencia física o ideal, que resulte concretamente afectado por un delito de acción pública, aunque no sea el paciente penal, siempre que le asista un interés directo, concreto y actual, legalmente protegido por alguna norma reparatoria.
Engeneral el particular damnificado, ha de ser el sujeto pasivo del delito incriminado, pero ello no resulta una pauta definitoria, puesto que no se ha de excluir la protección subsidiaria de otros bienes garantidos, siempre que se derive un perjuicio directo y real. Resulta insuficiente entonces, el mero deseo abstracto de justicia o un posible perjuicio futuro.
En la provincia de Buenos Aires, serecuerda, que no se admite la acción popular, que permite que el ciudadano, por un interés cívico de colaborar con la persecución penal ejerza la acción, tal como consagran algunas legislaciones (vrg España).
El código de procedimiento Penal sancionado por la legislatura bonaerense sobre la base del proyecto presentado por el Diputado Tomás Jofré, promulgado el 15 de enero de 1915, suprime alquerellante por delito de acción pública, tal como se lo había regulado en el Código “Obarrio”, vedándosele al particular ofendido la posibilidad de ejercer la acción penal pública, porque no es parte en el proceso penal según la terminante redacción dada al art. 82 de dicho cuerpo legal.-
Señalaba el autor del Código que “el damnificado intervendrá en el juicio penal, pero solo con las facultades que elcódigo establece ,para significar que no puede nunca salvar el límite de los actos expresamente enunciados .- Por el interés personal o pecuniario que se atribuye al damnificado en el resultado del juicio criminal, la disposición lo autoriza a cooperar en cierta medida al éxito de las averiguaciones y aun a la ilustración del proceso ;pero no le permite asumir el rol de una verdadera partelitigante.- Tal cosa pondría en peligro la regularidad y brevedad del juicio y menoscabaría las atribuciones del Ministerio Público, único responsable del éxito de la acción deducida.- El damnificado por el delito sólo puede ejercitar las facultades que limitativamente se le acuerdan en este código, porque interviene en el juicio de una manera excepcional”.-
Se advierte de lo expuesto que el conceptode “parte” al que alude Jofré resulta influenciado por concepciones de derecho privado, el que tiene un objeto dispositivo, que se confiere a partir de la titularidad de derechos objetivos que podrían haberse satisfecho fuera del proceso .-
En el proceso penal no existen partes que luchen entre sí por intereses propios, que tengan una contradicción de intereses, y que los persigan y defiendan enigualdad de condiciones .-
Como señala Vicente Gimeno Sendra, no cabe representarse en el proceso penal a una persona que, basándose en un derecho subjetivo ó en un interés legítimo o personal, pretenda obtener la tutela judicial frente a otra o quien demande en nombre propio una actuación de la ley (Chiovenda), sencillamente porque el titular del ius puniendi no es otro que el Estado, y su...
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