ABOGADO
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GOBIERNO REGIONAL PIURA
Dirección Regional de Educación de Piura
DIRECTIVA N°02J- 2006 -GOB. REG. PIURA-DREP- DGP- D.
NORMAS PARA LA ORGANIZACiÓN, EJECUCiÓN, CERTIFICACION y AUSPICIO DE
EVENTOS Y PROGRAMAS DE CAPACITACiÓN A CARGO DE INSTITUCIONES
PÚBLICAS Y PRIVADAS.
'
1.-
FINALIDAD
La presente Directiva tiene por finalidad normarlos procedimientos para la organización,
autorización y certificación de los programas y eventos de capacitación a cargo de
instituciones públicas y privadas en el ámbito de la Dirección Regional de Educación de Piura.
11.-
BASES LEGALES
2.1. Constitución Política del Estado.
2.2. Ley N° 28044. Ley General de Educación y su modificatoria Ley N° 28123:
2.3. Ley N° 28'$Z l.ey dePresu'puesto del Sector Público para el al'\o 2006.
2.4. D. Ley N° 25762 Ley Orgánica del Ministerio de Educación y su modificatoria Ley N°
26510.
2.5. Ley N° 27783. Ley de Bases de la Descentralización,
2.6. Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,
2.7. Ley del Profesorado N° 24029 y su modificatoria Ley N° 25212.
2.8. 0.5. N° 019-90-EO, Reglamento de la Ley del Profesorado.
2.9, O.Leg.N° 276, Ley de eases de la Carrera Administrativa y su Reglamento O.S. N° 00590 - PCM.
2.10. 0.5. N° 013 - 2004 -ED. Reglamento de EducaciÓn Básica Regul?r.
2.11. 0.5. N° 015 - 2004 -EO, RGglamento de Educación Básica ! lternéitiva
2.12. 0.5. N° 022 - 2004 -EO. Reglamento de Educación Té-::'lico Productiva.
2.13. 0.5. N° 002 - 2005 -EO. Reglamento de Educación Bá!5ica Especial
2.',4. 0.5. N°013 - 2005 -EO. Reglamento de Educación Básica Comunitaria.
2.15. 0.5. N° 009 - 2005 -EO. Reglamento dE~la Gestión d€!1Sistema Educativo.
2.16. D.S. N° 012-2002-ED. Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
ciedad Civil en los procesos de
planificación, implementación, ejecución, evaluaci6n y certificación de los eventos y
programas de capacitación en el ámbito de laDirección Regional de Educación de Piura.
3.2. Establecer los procedimientos y requisitos pertinentes para la é'utorización, ejecución,
evaluación y certificación de eventos y programas de capacitaciÓl1 en la jurisdicción. AsI
como el auspicio de eventos.
IV.-
ALCANCES
4.1. Dirección Regionf'll de Educación.
4.2. Instancias Oescenkalizadas de Gestión E.ducativa.
4.3. Instituciones yProgramas Educativos
4.4. Organismos No Gubernamentales.
4.5. Instituciones Públicas y Privadas afines al quehacer educativo.
4.6. MUl1icipalidades.
v.-
VI.-
DISPOSICIONES GENERALES
5.1. Las solicitudes de autorización deberán presentarse con un minimo de quince (15) dias
hábiles de anticipación a la ejecución del evento cuando se trate de capacitaCión
presencial y de veinte (20) diashábiles cuando se trate de programa de capacitación a
distancia, a fin de evaluar su aprobación o denegación
5.2. Las instituciones públicas o privadas que han suscrito convenio marco con el Ministerio
de Educación deberán de igual forma suscribir con la DRE, para ejecutar eventos y/o
programas de capacitación, actualización y/o perf~ccionamiento en el ámbito del
departamento de Piura, debiéndosepresentar asimismo al inicio del año (enero) el Plan
de Capacitación ccrrespondiente.
5.3. Las instituciones públicas presentarán su acreditación legal y las privadas deberán estar
legalmente constituidas e inscritas en los Registros Públicos.
5.4. Las autorizaciones se otorgarán cuando las temáticas de capacitación y/o actualización
no sean programas o proyectos en procesos de construccióno validación por parte de la
sede central del Ministerio de Educación o de sus instancias correspondientes
5.5. Las fechas horarios previstos para la ejecución no deben alterar el normal desarrollo de
las clases.
.
5.6. La carga horaria mínima certificable por evento de capacitación presencial a ejecutar no
será menor a 40 horas pedagógicas y para programas de capacitación a distancia no...
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