Abogado

Páginas: 10 (2346 palabras) Publicado: 21 de noviembre de 2014
Legitimación de las Asociaciones y las Acciones Colectivas.
Legislación. Doctrina. Aspectos Jurisprudenciales
¿Una asociación puede actuar judicialmente en representación de sus asociados?
Es fundamental para el análisis de la cuestión planteada, delimitar los alcances del art. 43 de la Constitución Nacional, y así determinar quienes son sujetos legitimados para ejercer las defensas quepostula, y la admisibilidad conforme al derecho tutelado.
Con la reforma del año ‘94, y ante el irrefrenable crecimiento de los llamados “derechos de tercera generación”, los constituyentes acertadamente incorporan al texto constitucional el actual texto del artículo 43.
“Artículo 43.- Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicialmás idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva.
Podráninterponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización.(…)”
Esta disposición produjo un cambio sustancial de la estructura constitucional en la medida en que reconoció el derecho de accionar judicialmente a sujetos potencialmente distintos de los afectados directos por el acto u omisión que en los términos del artículo generen un perjuicio.
Más allá de la clara redacción de la norma, surgen en la práctica numerosos vacíos que la doctrina y lajurisprudencia han intentado llenar. Entre ellos, en los cual pongo especial atención, es la legitimidad de las asociaciones para actuar por cuenta de sus asociados y el tipo de derechos pasibles de protección.
En primer lugar, debemos considerar que hay ciertas pretensiones cuyo objeto es indivisible y no fraccionable. Ello significa que la satisfacción de uno de los titulares del grupo implicanecesariamente, la satisfacción de todos los integrantes de dicho grupo y, de la misma manera la lesión a un miembro del grupo constituye una lesión a toda la colectividad. Estos son los llamados derechos colectivos.
Sin embargo, existe otra clasificación, quizás “intermedia”, denominada “derechos individuales homogéneos”, que son esencialmente derechos individuales pero que por su homogeneidad,derivada del hecho que el daño viene de un origen común, hace que en algunos casos puede darse el tratamiento conjunto de las pretensiones, pese a su naturaleza esencialmente individual.
En un fallo del año 2007, la mayoría de la CSJN ha sostenido que los derechos individuales homogéneos de naturaleza PATRIMONIAL, no pueden ser considerados derechos de incidencia colectiva en el marco del art. 43.En su voto Fayt, sostuvo que la “ampliación del universo de legitimados establecida por el artículo 43 de la Ley Fundamental exceptúa la protección de los derechos de carácter patrimonial, puramente individuales, cuyo ejercicio y tutela corresponde exclusivamente a cada uno de los potenciales afectados.”
En cámara de comercio, industria, y producción de resistencia, la corte suprema revoco unasentencia de la cámara federal de apelaciones de resistencia, que había hecho lugar a una acción de amparo promovida por la cámara de CIyP de esa ciudad, ordenando en consecuencia a la AFIP que se abstuviera de aplicar a los socios de la entidad actora, el procedimiento de EJF establecido por un norma. En un fallo unánime la Corte Suprema, sostuvo que si bien el art 43 de la CN, había ampliado...
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