Abogado
1. REGIMEN DE VISITAS
El menor EMILIO JOSÉ TORRES GARCÍA y su padre ANDRES TORRES LUNA podrán compartir y ejercer su derecho a visitas, todos los días sábados deocho de la mañana a ocho de la noche, debiendo retirarlo y entregarlo en el domicilio del menor.
Adicionalmente gozarán de un fin de semana completo (viernes a domingo) cada quince días, a fin degarantizar el sano desarrollo y crecimiento entre padre e hijo, debiendo retirarlo el día viernes desde el colegio y entregarlo el día domingo a los ocho de la noche en su domicilio.
En referencia a losferiados, garantizando un sistema ecuánime entre padre y madre, el menor alternará un feriado con cada uno de sus progenitores, debiendo aclarar que en fechas especiales, como son: navidad, fin deaño y cumpleaños, tendrán derecho a compartir el día completo previo a estas fechas en caso de que no les corresponda según el cronograma de alternación.
2. PENSIÓN ALIMENTICIA
Según la resolucióndada por el Juzgado undécimo de la niñez y adolescencia de Pichincha, se mantiene la pensión alimenticia de ciento cuarenta dólares más beneficios de ley, sin que esto mengue en el normalcomportamiento de responsabilidad, preocupación y consentimiento que ha mantenido el alimentante en relación a su hijo, quien en base a la obligación compartida de padre y madre, también cubrirá los gastosnecesarios y eventuales que se podrían presentar.
3. LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
Haciendo un breve recuento de los bienes que forman parte de la sociedad conyugal, denota la existencia decuatro: a) la casa construida dentro del matrimonio Torres-García, en el terreno ubicada en Nayón, 1 ½ km, Urbanización Megaropolis 2, casa 5, de esta ciudad de Quito; b) Menaje de la casa ubicada Nayón, 1½ km, Urbanización Megaropolis 2, casa 5 c) Auto Mitsubishi – Montero, año 1999, color verde; d) Camión JAC, año 2008, color blanco, de seis toneladas.
Respecto a los literales a) y b), como...
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