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El Juzgado de coactivas del Ilustre Municipio de Loja, es un sección creado para la recuperación de cartera vencida a través de la jurisdicción coactiva, conforme lo establecen las normas legales estipuladas en el Art. 157 del Código Tributario, en concordancia con el Art. 941 del Código de Procedimiento Civil, es decir, con estricto apego al debido proceso.
Hoy por hoy, el personalde notificación se encuentra evacuando una considerable cantidad de juicios que se encontraban represados desde el año 2002, toda vez que, en la actualidad existe el personal adecuado para realizar esta actividad; y, con la disponibilidad de dos motocicletas, facilitan el cumplimiento de estas actividades, sobre todo en los sectores alejados de la urbe y que son lugares donde más se concentra lacantidad de contribuyentes deudores del Municipio.
Al tener el personal distribuido para el cumplimiento de estas diligencias, ha sido posible la entrega de las notificaciones y autos de pago a los contribuyentes, optimizando de esta manera la recuperación de cartera vencida, que en la actualidad oscila entre los CIENTO CINCUENTA a CIENTO OCHENTA MIL DÒLARES AMERICANOS MENSUALES, que encomparación a años anteriores llegaba a un máximo de entre CINCUENTA a OCHENTA MIL DÒLARES AMERICANOS MENSUALES, lo que significa un incremento actual de un CUARENTA POR CIENTO, en la consecución de los fines por los que se ha creado esta sección.
SERVICIOS QUE PRESTA A LA INSTITUCIÓN
Con el cobro coactivo a deudores del Municipio de Loja, se fortalece el capital municipal coadyuvando al progresocantonal, toda vez que los valores recaudados serán reinvertidos en obra social.
De otra parte se crea en el contribuyente la cultura de pago mensual y anual tributaria.
PROCEDIMIENTO PREVIO
Previo a la iniciación del juicio coactivo, esta sección, tiene la obligación de hacer conocer a los contribuyentes, mediante la notificación, suscrita por el Director Financiero de la Institución, conforme lodispuesto en el Art. 151 del Código Tributario, en concordancia con los Arts. 445,457 y 467 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, que se han emitido títulos de créditos en su nombre, describiendo los meses o años de su vencimiento y el valor de aquellos, e invitándolos ha acercarse a las oficinas de recaudaciones municipales, dentro del plazo de OCHO DIAS, a partir de la fecha de notificación,plazo en el cual deberá cancelar o presentar las reclamaciones que se considere asistido, de no atender esta notificación, se le instaurara el JUICIO COACTIVO en su contra.
El deudor podrá presentar reclamación formulando observaciones, exclusivamente respecto del título o del derecho para su emisión. Dicho reclamo suspenderá, hasta su resolución, la iniciación de la coactiva.
JUICIOCOACTIVO
TRÁMITE
El marco legal en el que se desarrolla la ejecución coactiva, se encuentra contemplada en la sección segunda, paràgrafo 1ro. Art. 157 del Código Tributario, en concordancia con la sección 30ª. Art. 941 del Código de Procedimiento Civil.
En virtud que el contribuyente no ha comparecido a las oficinas de recaudaciones municipales, pese ha estar legalmente notificado, de acuerdo ala notificación detallada en líneas anteriores, es decir como lo determinan los Arts. 151 del Código Tributario, en concordancia con los Arts. 445, 457 ny 467 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, cumplido el plazo de OCHO DIAS y si el deudor no ha presentado ningún tipo de reclamo, se da inicio al JUICIO COACTIVO, por haberse determinado que la obligación es pura, líquida y de plazo vencido.
Para este efecto, previo a la orden de proceder coactivamente contra el contribuyente, dada por el señor Alcalde y con la autorización que le confiere al Abogado - Jefe de Coactivas, de acuerdo a las disposiciones legales del los Arts. 161 del Código Tributario en concordancia con el Art. 964 del Código de Procedimiento Civil, para que dirija dicha ejecución, se citará al deudor mediante...
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