Abogado
Jairo Cieza Mora♣ Rodrigo Delgado Capcha♣♣
I. LA SENTENCIA MATERIA DE COMENTARIO Daños morales y económicos: Por no levantamiento de información en central de riesgo Si se demanda el cobro de una letra anterior extraviada, no obstante que el obligado cumplió con el pago de las letras posteriores, habiendo actuado con buena fe, se legeneran a este daños morales y económicos que deben ser reparados al mantenerlo registrado como deudor moroso en la central de riesgo. CAS. Nº 672-2003 LIMA (El Peruano, 30/11/2004) Lima, veintitrés de agosto de dos mil cuatro.- La Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, vista la causa número seiscientos setentidós - dos mil tres en audiencia pública de la fecha yproducida la votación de acuerdo a ley, emite la siguiente sentencia: 1. MATERIA DEL RECURSO: Se trata del recurso de casación interpuesto por don Jorge Octavio Fernández Pérez contra la sentencia de vista de fojas cuatrocientos tres, su fecha treintiuno de octubre de dos mil dos, emitida por la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, que revoca la sentencia apelada de fojasdoscientos treintiocho, su fecha dieciséis de abril de mil novecientos noventinueve, que declaró fundada en parte la demanda de fojas ochenticuatro y, reformándola, declara infundada la citada demanda respecto a la pretensión principal de indemnización por daños y perjuicios, haciendo extensivo el fallo a las restantes pretensiones accesorias. 2. FUNDAMENTOS POR LOS CUALES SE HA DECLARADO PROCEDENTEEL RECURSO: Por resolución del quince de setiembre de dos mil tres, este Supremo Tribunal ha declarado la procedencia del recurso por la causal del inciso 3 del artículo 386 del Código Procesal Civil al haberse denunciado la afectación del derecho al debido proceso consistente en la contravención del inciso 3 del artículo 122 del Código Procesal citado, modificado por la Ley 27524, referido alcontenido y suscripción de las resoluciones, ya que no se ha cumplido con efectuar la mención sucesiva de los puntos sobre los que versa la resolución, el orden numérico correlativo de los fundamentos de hecho que sustenta la decisión y los respectivos fundamentos de derecho. 3. CONSIDERANDOS: Primero.♣
Abogado. Docente adjunto de Derecho Civil en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Sociodel Estudio Huerta, Cieza & Solórzano. ♣♣ Asistente en el curso de Derecho de Personas en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Miembro del Taller José León Barandiarán de la UNMSM.
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Que, en autos se ha denunciado la contravención de las normas que garantizan el derecho a un debido proceso, afectación que se presenta cuando en el desarrollo del mismo no sehan respetado los derechos procesales de las partes, se han obviado o alterado actos de procedimiento, la tutela jurisdiccional no ha sido efectiva y/o el órgano jurisdiccional deja de motivar sus decisiones o lo hace en forma incoherente, en clara transgresión de la normatividad vigente y de los principios procesales. Segundo.- Que, conforme a lo establecido en el inciso 3 del artículo 122 delCódigo Procesal Civil, toda resolución debe contener los fundamentos de hecho que sustentan la decisión, y los respectivos de derecho con la cita de la norma o normas aplicables en cada punto, según el mérito de lo actuado, norma que concuerda con el deber de motivación de las resoluciones judiciales consagrado en el artículo 139 inciso 5 de la Constitución, así como con el artículo 50 inciso 6 delCódigo Procesal Civil. Tercero.- Que del escrito de demanda de fojas ochenticuatro se advierte que la pretensión principal del demandante es que el banco emplazado le pague la suma de veinticinco mil dólares americanos por los daños y perjuicios que se le ha ocasionado debido a la forma abusiva con que actuó–conforme a los hechos que se exponen– en el cobro de una letra de cambio; persiguiendo...
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