Abogado
Resolución R-420/05
Expediente 1685/05
BAHIA BLANCA, 31 de mayo de 2005.
VISTO: Los Decretos 137/05 y 160/05 mediante los cuales se dispuso incrementar en un DOS por ciento (2%) el aporte jubilatorio del determinado personal docente y de investigación; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 137/05 comprende a “los docentes enunciados en el artículo 1º de la Ley 24016”, esto es, al personal docente “de nivel inicial, primario, medio, técnico ysuperior no universitario, de establecimientos públicos o privados”;
Que el Decreto 160/05 involucra a los “investigadores científicos y tecnológicos a que se refiere la Ley 22929 y susmodificatorias”;
Que al rehabilitarse la Ley 22929 y con ella su similar, Ley 23026 modificatoria de aquélla, el nuevo descuento se aplicaría solamente a los docentes con dedicaciónexclusiva, ya que esta última incorporó al beneficio de la Ley 22929 al “personal docente que se desempeñe en las Universidades Nacionales con dedicación exclusiva, plena o de tiempo completo, de acuerdocon lo que establece la Ley 22207 y que realice directamente actividades técnico-científicas de investigación o desarrollo y de dirección de estas actividades”;
Que, de los tipos dededicación señalados, no se encuentran vigentes para el personal docente de esta Universidad, las dedicaciones plena y de tiempo completo;
Que ambas leyes que ahora se vuelven a poner envigencia, habían quedado fuera de aplicación a partir de la vigencia de su similar, Ley 24241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones);
Que según lo manifiesta el Sr. DirectorGeneral de Asuntos Jurídicos en su Dictamen 5526, el Decreto 78/94 por el cual se derogaron las Leyes 22929 y 24016, fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia, siendo...
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