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Páginas: 10 (2419 palabras) Publicado: 2 de octubre de 2014
Casación 64-C-2006
SALA DE LO CIVIL, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, a las nueve
horas doce minutos del ocho de enero de dos mil siete.
Vistos en Casación la sentencia definitiva pronunciada por la Cámara de Segunda
Instancia de la Tercera Sección de Oriente, a las once horas del treinta de enero de dos mil
seis, en el Juicio Civil Ordinario Reivindicatorio, promovido por loslicenciados MANUEL
ARMANDO CASTRO LAGOS y SONY ULISES TORRES VILLATORO, actuando
como Apoderados Generales Judiciales del señor LAZARO HERNANDEZ, contra
SANTOS CAMILO MUÑOZ HERNANDEZ c/p CAMILO MUÑOZ.
Han intervenido en Primera Instancia los abogados MANUEL ARMANDO
CASTRO LAGOS Y SONY ULISES TORRES VILLATORO, como parte actora y JOSE
CRISTOBAL CHOTO como Apoderado del señor SANTOS CAMILO MUÑOZHERNANDEZ c/p CAMILO MUÑOZ como parte demandada; en Segunda Instancia, los
licenciados CASTRO LAGOS Y TORRES VILLATORO como apelantes, y JOSE
CRISTOBAL CHOTO como' apelado; en Casación, el licenciado JOSE CRISTOBAL
CHOTO como recurrente.
VISTOS LOS AUTOS;
Y CONSIDERANDO:
I.- Que la sentencia de Primera Instancia dice: "''''''POR TANTO: Fundado en lo anterior y
artículos 11 Cn, 417, 421, 422,427, 432 y 439 Pr., 571 C, a nombre de la República de El
Salvador, FALLO: Declárase inepta la demanda interpuesta por los Licenciados MANUEL
ARMANDO CASTRO LAGOS Y SONY ULISES TORRES VILLATORO, como
apoderados del señor Lázaro Hernández. Condenase a éste a pagar las costas procesales de
esta instancia.- HAGASE SABER:-""""""
II.- La sentencia de Segunda Instancia dice: """''''''''POR TANTO:De acuerdo a las razones
expuestas y disposiciones legales citadas y a los artículos 439, 1089 y 1092 del Código de
Procedimientos Civiles, la Cámara de Segunda Instancia de la Tercera Sección de Oriente,
a nombre de la República de El Salvador, FALLA: a); REVOCASE en todas sus partes la
Sentencia Definitiva, pronunciada por el señor Juez de lo Civil de la Ciudad de la Unión, a
las diez horasy treinta minutos del día veintitrés de octubre de dos mil dos, en el juicio de
mérito; b) HA LUGAR la acción reivindicatoria promovida por los Licenciados Manuel
Armando Castro Lagos y Sony Ulises Torres Viillatoro, como Apoderados Generales
Judiciales, del señor LAZARO HERNÁNDEZ, y en consecuencia condénase a la parte
demandada señor SANTOS CAMILO MUÑOZ HERNÁNDEZ C/P CAMILO MUÑOZ arestituirle a la parte actora la porción de terreno que se le ocupa con la construcción del
servicio sanitario que son treinta y cinco centímetros de ancho, los cuales recaen dentro de
la propiedad del demandante señor LAZARO HERNÁNDEZ; c) CONDENASE a la parte
apelada al pago de las costas procesales de esta Instancia; d) En su oportunidad devuélvase
los autos principales, juntamente con certificaciónde esta resolución al Juzgado de su
procedencia, para los efectos legales consiguientes. HAGASE SABER.

III..- No conforme con la anterior sentencia, el abogado JOSE CRISTOBAL CHOTO,
actuando como apoderado deL señor SANTOS CAMILO MUÑOZ HERNÁNDEZ C/P
CAMILO MUÑOZ, recurrió en casación y en lo principal de su escrito, manifestó: ''''''''II.
PRECEPTOS LEGALES INFRINGIDOS: Arts. 260 y 272PR.:-----III. CONCEPTO DE
LA INFRACCION AL ART. 260 PR.:-------Esa Honorable Cámara omitió revisar el
documento auténtico de fs. 82 a 89 del proceso, que consiste en la compulsa de pasajes del
Juicio Civil Ordinario de Constitución y Restitución de Servidumbre, promovido por el Lic.
SONY ULISES TORRES VILLATORO, Apoderado de los señores JOSE ALBERTO
ORDOÑEZ, JOSE GABRIEL BONILLA y LAZAROHERNANDEZ contra el señor
SANTOS CAMILO MUÑOZ, que es la misma persona que actualmente se demanda como
SANTOS CAMILO MUÑOZ HERNANDEZ O CAMILO HERNANDEZ: y con esa
omisión se le desconoció a dicho documento la fuerza probatoria que le otorga la
disposición infringida en sus numerales 1° y 4°, por estar incluida en él la sentencia
definitiva que se pronunció en el juicio aludido.------IV. CONCEPTO...
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