Aborto
1. INTRODUCCION AL TEMA:
Medidas de la Corte Constitucional colombiana en relación al cumplimiento de las tres causales despenalizadas para el aborto
2. OBJETIVO:
A través de casos prácticos relacionados con la no interrupción del aborto por parte de las entidades de salud y sus operadores, se describirán las medidasque se han impuesto a través de las sentencias de la Corte Constitucional, donde se intentan regular este tipo de conductas y hacer cumplir la sentencia C-355 de 2006.
3. SITUACION COLOMBIA
3.1 Sentencia C-355 de 2006
Esta demanda de inconstitucionalidad a los artículos 32 – 7, 122 y 124 de la ley 599 de 2000, código penal, fue expuesta por los magistrados ponentes, Jaime Araújo Rentería yClara Inés Vargas. En esta extensiva sentencia, hay unos puntos fundamentales que trata la Corte y que consideramos pertinentes abordar de manera sucinta, para así llegar la decisión de esta corporación.
3.1.1 Diferencias entre el derecho a la vida y la vida como un bien constitucionalmente relevante.
Con toda la evolución del constitucionalismo colombiano plasmado en la ConstituciónPolítica de 1991, el preámbulo de ésta consagra a la vida como uno de los valores fundamentales del Estado colombiano. En esta línea de pensamiento, el artículo 2 señala que las autoridades públicas deben dirigir sus acciones a la protección a la vida; siendo de esta forma la vida un derecho fundamental y un valor, a la vez.
Por consiguiente la vida como un bien relevante para el Estado colombiano,significa una obligación positiva o un principio de acción para sus agentes, tanto formal como material. De esta forma el poder legislativo se le hace ostensible esta obligación, la cual es vista en dos sentidos: Una obligación positiva, la cual está orientada a tomar medidas para salvaguardar la vida; y otra de carácter negativo, el cual se entiende como un límite a la potestad legislativa, es decirque no pueden crearse disposiciones que contraríen la vida, por ejemplo mandatos legales que permitan a los particulares proteger la vida de terceros.
El derecho a la vida, consagrado en el artículo 11 de la máxima carta, supone una titularidad, y de esta forma una titularidad ejercida por un ser humano; inclusive se protege la vida de quienes no han alcanzado ese status. En sentencia C-133 de1994, no se reconoció al nasciturus como persona, pero se protegió la vida del que está en proceso de ser humano, declarando exequible la penalización del aborto1. En este punto considera la sala plena que no le corresponde a esa corporación, establecer en qué momento inicia la vida humana. Esta potestad debe recaer exclusivamente en el legislador, y solo la Corte puede utilizar la penalización deconductas como utlima ratio, cuando las medidas no sean suficientes para proteger este bien jurídico.
3.1.2 Derechos fundamentales de las mujeres en Colombia.
Desde la Constitución de 1991 se ha reconocido la desventaja histórica a la que se han visto sometida las mujeres, proporcionando normas constitucionales para la búsqueda de la igualdad de género, evitando cualquier tipo dediscriminación. De esta forma la Carta Política, le ha dado el status a la mujer de sujeto de especial protección. Es así como el Estado colombiano presta una especial asistencia a la mujer embarazada o muestre su apoyo preferente a la mujer cabeza de familia.
De igual forma se ha reconocido que hay situaciones especiales que conciernen exclusivamente a la mujer, como los derechos sobre su cuerpo,sexualidad y reproducción. La Sala Plena de la Corte Constitucional hace un recuento de los diferentes instrumentos internacionales donde se elevan los derechos de la mujeres a derechos humanos, y de esta forma derechos fundamentales en la Constitución colombiana; La Conferencia Mundial de Derechos Humanos en Teherán, en 1968; De igual forma la de 1993 en Viena donde se declara que “los derechos...
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