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DERECHO A LA INTIMIDAD
El derecho a la intimidad es una situación jurídica en la que se tutela el espacio individual y familiar de privacidad de la persona, conformados por experiencias pasadas, situaciones actuales, características físicas y psíquicas no ostensibles y, en general, todos aquellos datos que el individuo desea que no sean conocidos por losdemás, porque de serlo, sin su consentimiento, le ocasionarían incomodidad y fastidio.
DEFINICIÓN DEL TERMINO “INTIMIDAD”
Garcia Amigo define a la intimidad como:”La vida privada de cada particular es el circulo de actos y actividades personalísimas que forman el nucleo de la vida individual o familiar.Para Novoa Moreal “ la vida privada esta constituida por aquellos fenómenos, comportamientos,datos y situaciones de una persona que normalmente están sustraídas al conocimiento de extraños y cuyo conocimientos por estos puede peturbarla moralmente por afectar su pudor o su recato, a menos que esa misma persona asienta a ese conocimiento”.Zavala de Gonzales entiende por intimidad “el derecho personalísimo que protege la reserva espiritual de la vida privada del hombre,asegurado el libredesenvolvimiento de esta de esta en lo personal, es sus expresiones y en sus afectos.
Es importa distinguir los diversos niveles de la privacidad.En efecto, si entendemos por privacidad “ lo particular y lo personal de cada uno” , esta esfera, no necesariamente esta fuera del alcance del conocimiento de los terceros.Así, las actividades económicas de las personas-salvo el caso de la reservabancaria o tributaria-si bien forman parte de su vida privada, pueden ser de conocimiento publico sin que ello genere un derecho al resarcimiento.En cambio , parte de la esfera privada no admite ningún tipo de interferencia.Es lo que se ha llamado en el derecho comparado el “ nucleo duro”, que es lo que conocemos como intimidad, propiamente dicha.Otro nivel de la compartida.Tal es el caso decualquier tipo de comunicación que tenga un remitente y un destinatario: solo la autorización de ambos haría licita una intromisión.
EL SECRETO PROFESIONAL FRENTE AL DERECHO A LA INTIMIDAD
Diez-Picazo y Gullon afirman : “Se admite por la doctrina la existencia de una llamda esfera secreta de la propia persona, que debe ser protegida contra las intromisiones e indagaciones ajenas.Los autoresespañoles entienden que, dentro de la intimidad personal, se encuentran el secreto de correspondencia y los secretos profesinales; frente a estos últimos, opinan que : Determinados hechos de la vida de las personas son conocidas por terceros en virtud de la prestación de servicios.Les incumbre el deber de secreto por ello, que aparece recogido en normas jurídicas algunas veces.
Garcia Amigo discrepa deesta ultima afirmación,al expresar que: “No descansan en el derecho a la intimidad privada-como lo considera algún español(Diez-Picazo)-el deber de guardar secreto por parte de determinadas profesiones, como la abogacía, la medicina, la notaria, agencias de investigaciones, etc; aquí el deber de secreto descansa en las correspondientes relaciones o exigencias de la propia actividad, que implica acargo de quienes lo ejercen una obligación especófica de caracter profesional.
Rodriguez apunta que: “ciertas profesiones son esenciales a toda sociedad, que para su buen ejercicio se requiere inspiren confianza, y que esa confianza no se puede obtener si no se presenta garantías de discreción.De esto se deduce que la ley debe coadyuvar a aquel buen ejercicio, a cimentar aquella confianza, aexigir aquella discreción.
Deemos recordar, como apunta Novoa Moreal, que “ en el atentado contra la vida el bien juricamente protegido es el recato o decoro de la victima, mientras que en la violación de secreto profesional ese bien jurídico lo es el deber de fidelidad de ciertos profesionales respecto de los secreto que les confían sus clientes.
En efecto, en la violación del secreto...
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