ABRIR INVESTIGACION PRELIMINAR
DISPOSICIÓN FISCAL N° 01 – 2009
ABRIR INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
La Esperanza, cinco de enero de
Dos mil diez. - - - - - - - - - - - - - - -
AUTOS YVISTOS, con el Oficio Nº 1647-09-III-RPT-CPNP-B-SIDF conteniendo el Acta de Denuncia Verbal Nº 541-09-CPNP-BELLAVISTA formulada por Esperanza León Carbajal contra Santiago Pérez Mariños sobre Actos contrael Pudor de su sobrina Lucía Camila Luján Garcia de 11 años de edad;
ANTECEDENTES:
De autos se aprecia que la denunciante Esperanza León Carbajal indica que el 17 de diciembre de 2009 hatomado conocimiento que su sobrina Lcía Camila Luján García de 11 años de edad aproximadamente ha sido víctima de actos indebidos en sus partes íntimas (poto y vagina) en junio del año 2008, hechocometido presuntamente por su padrastro Santiago Pérez Mariños.
I CONSIDERANDO:
Primero.-Que, de conformidad con lo que prescribe el Artículo IV del Titulo Preliminar del Nuevo Código ProcesalPenal “El Ministerio Público es titular del ejercicio público de la acción penal en los delitos y tiene el deber de la carga de la prueba. Asume la conducción de la Investigación desde su inicio”; en talsentido está obligado a actuar con objetividad, indagando los hechos constitutivos de delito, los que determinen y acrediten responsabilidad o inocencia del imputado; y con esta finalidad conduce ycontrola jurídicamente los actos de investigación que realiza la Policía Nacional conforme así reza el numeral dos del Artículo IV del Título Preliminar del cuerpo legal antes referido.
Segundo.-Que, conforme a lo señalado precedentemente, recibida una denuncia por cualquier ciudadano, o conocida la “notitia criminis” de oficio, al Ministerio Público le corresponde como titular del ejercicio dela acción penal preparar su ejercicio, cuyo método adoptado en la mayoría de los casos, se encuentra expresado en la investigación preliminar, ya sea que se realice en el despacho Fiscal o contando...
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