ABS OBS DE RR
Dr. Julio José Montenegro Ramos
REGISTRADOR PÚBLICO DE LA ZONA REGISTRAL Nº IX – SEDE LIMA
REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS
REFERENCIA: TITULO Nº 2015-180069
FECHA :23-02-2015
Con la debida consideración absuelvo la presente esquela de observación, de acuerdo al siguiente detalle:
1. La observación en cuestión a la Escritura Pública de fecha 16 de Enero del 2015,donde solicita, la aclaración que dice: “venta real y enajenación perpetua a favor de los compradores, los aires del primer piso y lo que proyecta verticalmente al infinito y que a futuro edifiquenlos compradores en su calidad de nuevos propietarios”.
Al respecto, debo aclarar expresamente, que se ha consignado dichos términos en consideración que a la fecha no existe ninguna construcciónpendiente, que obligue a realizar declaratoria de fábrica o reglamento interno; toda vez, que al citar el Art. 40º de la Ley Nº 27157, carece de objeto acotar dicha norma legal, porque ésta se aplicacuando exista una construcción debidamente edificada pendiente de su saneamiento físico legal, como es, la inscripción de la declaratoria de fábrica y/u obra terminada, inscripción del reglamento internoe independización. Asimismo, cabe señalar que el inciso h) del Art. 40º del mismo cuerpo legal, también carece de objeto, porque no existe nada. En tal sentido, dicha observación no es aplicable altítulo en cuestión.
En virtud de lo aclarado, es importante precisar que a futuro cuando los propietarios construyan en su bien, realizarán las modificaciones que deseen adecuándolo a la ley y porúltimo, el propietario en uso de sus derechos para disponer, tendrá a bien efectuar en su construcción el saneamiento físico legal acorde al inciso h) del Art. 40º de la ley acotada y cualquier otra normalegal pertinente.
Sin otro particular, quedo de usted agradecida, esperando resuelva la presente y lograr su inscripción en forma oportuna, por estar de acuerdo a ley.
Lima, 02 de...
Regístrate para leer el documento completo.