Abuso sexual en la jurisprudencia
Conceptos de violación en amparo directo. Si el órgano jurisdiccional de origen omite estudiar un tema respecto del cual existe jurisprudencia de la suprema cortede justicia de la nación que lo resuelve, el tribunal colegiado de circuito debe subsanar la omisión y fallar conforme a ésta.
Cuando al analizar el concepto de violación relativo a la omisión deestudio de un argumento de impugnación hecho valer el juicio de origen se advierta que respecto de este tema existe jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que lo resuelve, en arasde cumplir con el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Tribunal Colegiado de Circuito que conoce del amparo directo de subsanar la citada omisión y resolverconforme a lo dispuesto por el Máximo Tribunal, para evitar la dilación procesal que se generaría en el caso de que se concediera la protección constitucional para el efecto de que el órganojurisdiccional de origen se avoque al examen del argumento cuyo estudio omitió, pues en acatamiento del artículo 192 de la Ley de Amparo.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO* Amparo Directo 158/2005 Hielo Sarita Laredo, S.A. de C.V. 13 de septiembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús R. Sandoval Pinzón. Secretario. Pedro Gerardo Álvarez, Álvarez delCastillo.
* Amparo Directo 204/2006 José Jaime Trejo Franco, 7 de septiembre de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Bonilla Pizano. Secretario. Alejandro Albores Castañón.
* AmparoDirecto.136/2009 Carlos Alejandro Campos Garza. 11 de junio de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria. María Eugenia Urquiza García.
* Amparo Directo 251/2009. Teycon, S.A. de C.V.24 de septiembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús R. Sandoval Pinzón. Secretario. Pedro Gerardo Álvarez, Álvarez del Castillo.
* Amparo Directo 245/2010. José María Cortés Quiñones....
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