Accesion civil
El principio rector o básico que gobierna este tema es de vieja data, mejor dicho, proviene del derecho romano: accesorium sequitur principale (lo accesorio sigue la suerte del principal).
Este principio, sin embargo, no siempre resulta ser el más idóneo. En la actualidad estamos de acuerdo con Luís Díez Picazo y Antonio Gullón en que hoy día es un anacronismo. Y es que, en lasociedad actual, la tierra (suelo, terreno) no es lo más importante, el eje de la vida socio - económica. Muchas veces - por no decir, generalmente- lo construido o edificado sobre ese terreno tiene más valor económico. Con la accesión pasa lo que con los bienes inmuebles y muebles, donde los primeros han terminado siendo rebasados por objetos mobiliarios de mayor valor que aquéllos. El criterio deque la tierra es lo principal y lo construido o edificado o sembrado sobre ella lo accesorio, fue un principio plenamente válido en una sociedad que, como la romana, era agraria (ahí el derecho romano estuvo acertado), o en la feudal, cuyo eje era la tierra, pero no en la sociedad capitalista postmoderna. La ley pues debe tener presente esto al momento de resolver los conflictos relacionados con eltema.
Accesión
Concepto: la ley no formula una definición general de accesión; pero de los artículos que encabezan cada uno de los capítulos dedicados a la institución puede inferirse que para el legislador la accesión es:
El derecho en virtud del cual el propietario de una cosa hace suyo todo lo que la cosa produce, y toda otra cosa que se le una o incorpore natural o artificialmente,en calidad de accesorio y de modo inseparable ( artículos 552 y 554 del Código Civil)
Artículo 552:
“Los frutos naturales y los frutos civiles pertenecen por derecho de accesión al propietario de la cosa que los produce.
Son frutos naturales los que provienen directamente de la cosa, con o sin industria del hombre, como los granos, las maderas, los partos de los animales y los productos de lasminas o canteras.
Los frutos civiles son los que se obtienen con ocasión de una cosa, tales como los intereses de los capitales, el canon de las enfiteusis y las pensiones de las rentas vitalicias.
Las pensiones de arrendamiento se colocan en la clase de frutos civiles.
Los frutos civiles se reputan adquiridos día por día.”
Artículo 554:
“El propietario puede hacer en su suelo o debajo de éltoda construcción, siembra, plantación o excavación y sacar por medio de ellas todos los productos posibles, salvo las excepciones establecidas en el Capítulo de las servidumbres prediales y lo que dispongan leyes especiales y los reglamentos de policía.”.
Especies de Accesión: la propia definición de accesión lleva implícita la existencia de dos clases de accesión:
1) La accesión discreta,por producción o impropia, que es el derecho en virtud el cual el propietario hace suyo lo que la cosa produce.
2) La accesión continua, por unión o propia, que es el derecho en virtud el cual el propietario hace suyo todo lo que se una o incorpore a la cosa natural o artificialmente en calidad de accesorio y de modo inseparable.
Como señala Castán, muy gráficamente la accesión impropiaimplica un movimiento de adentro hacia afuera, (de la cosa a su provento), mientras que la accesión propia entraña un movimiento de afuera hacia dentro, de una cosa hacia otra a la cual se une o incorpora).
Como puede verse claramente la accesión impropia no responde al sentido etimológico de la accesión (ad, a, hacia; cederé, aproximarse) y en ella, como dice Josserand opera una separación en elsentido de que el propietario hace suya otra cosa que se separa de que la originalmente le pertenecía.
Accesión discreta por producción o impropia
Generalidades: establecido su concepto y vistas las diferentes teorías acerca de su naturaleza jurídica, debemos insistir con Sánchez Román en que en su fundamento es el mismo fundamento del derecho de propiedad, ya que si la cosa nos pertenece es en...
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