Accidentes
MATERIA: LEY ORGANICA DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL
AULA: 4V
NOMBRE:FERNANDO CHARRO
PROFESOR: DR. TEODORO SUAREZ ALVAREZ
FECHA: 10 DE DICIEMBRE DEL 2012
SUSPECION DE LICENCIA DE CODUCIR
Art. 127.- Será sancionado con, prisión de tres a cinco años, suspensión dela licencia de conducir por igual tiempo y multa de veinte (20) remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general, quien ocasione un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una omás personas, y en el que se verifique cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Negligencia;
b) Impericia;
c) Imprudencia;
d) Exceso de velocidad;
e) Conocimiento de las malas condicionesmecánicas del vehículo;
f) Inobservancia de la presente Ley y su Reglamento, regulaciones técnicas u órdenes legítimas de las autoridades o agentes de tránsito.
Art. 129.- Será sancionado conprisión de uno a tres años, suspensión de la licencia de conducir por igual tiempo, multa de quince (15) remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general, quien ocasione un accidente de tránsitodel que resulte la muerte de una o más personas, y en el que se verifique que la circunstancia del accidente se debió a cansancio, sueño o malas condiciones físicas del conductor, con sujeción a losparámetros específicos establecidos en el Reglamento a esta Ley. La misma multa se impondrá al empleador que hubiere exigido o permitido al conductor trabajar en dichas condiciones.
Art 135.1.- Serásancionado con prisión de 6 meses a un año, suspensión de la licencia de conducir por el mismo plazo, multa de tres a cinco salarios básicos unificados del trabajador en general, quien conduzca unvehículo de transporte público internacional, intrarregional, Interprovincial, intraprovincial con exceso de pasajeros. Será responsable solidariamente el propietario del vehículo y la operadora a la...
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