Accion De Medidas Cautelares (Oposicion)
I
Efectuado el análisis a la acción de medidas cautelares, interpuesta en contra del GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE NAPO, nos permitimos encontrar aspectos que deben ser examinados por el juzgador al amparo de la norma constitucional que me permito señalar.
El Art. 87 de la Constitución de la Republica define que “Se podrán ordenarmedidas cautelares conjunta o independientemente de las acciones constitucionales de protección de derechos, con el objeto de evitar o hacer cesar la violación o amenaza de violación de un derecho.”
De lo expuesto debe efectuarse la seguridad jurídica o la teoría de la justicia, sin tratar de evadir medios o mecanismos que respalden sus posturas de presuntas violaciones de derechosconstitucionales.
El Art. 39 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, dispone textualmente.
“Objeto.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución y tratados internacionales sobre derechos humanos, que no estén amparados por las acciones de hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeasdata, por incumplimiento, extraordinaria de protección y extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena.
En consecuencia la acción de medidas cautelares, no procede cuando existan vías judiciales ordinarias para la reclamación de derechos y especialmente cuando existen recursos en la vía administrativa o en su defecto la vialidad jurisdiccional prevista en la LeyContencioso Administrativa.
De esta limitación se han producido dos efectos jurídicos y que son:
a) Desapareció la discriminación de acción de amparo, que existió en la extinta constitución de 1998, pues ahora todos los sujetos activos públicos y privados deberán recurrir al juez civil o al contencioso administrativo, para la solución del derecho violado, por los empleadores públicos y privados.
b)La acción de protección constitucional, es una acción excedente ya que la misma, es procedente cuando se hayan agotado en su totalidad o no existan acciones judiciales en la vía administrativa que restituyan el derecho conculcado, por tal motivo, en cuanto a las garantías jurisdiccionales de los derechos constitucionales se refiere y se puede constatar un avance significativo en la protección y lajusticiabilidad de derechos.
De lo suscrito, se le puede dar dos características básicas dentro de la acción de protección a) Acción de protección reparadora; cuando han sido vulnerado los derechos constitucionales la primera obligación de la autoridad competente es reconocer y declarar tal vulnerabilidad y se debe ordenar su reparación total o integral b) Acción preventiva esta accióninterviene antes de que se vulnere los derechos constitucionales e impide el uso abusivo del poder que desciende sobre un sujeto indefenso y atente contra sus derechos, por lo tanto la oportunidad para la presentación de esta acción es anterior a la vulneración o desconocimientos de los derechos, aquí se refleja el real sentido del Art. 87 de la Constitución, prescribe ordenar medidas cautelares conjunta oindependientemente de las acciones constitucionales de protección de derechos, con el objeto de evitar o hacer cesar la violación o amenaza de violación de un derecho, solamente con la actividad preventiva puede tener lugar en toda su magnitud la protección directa y eficaz.
La presunta violación del derecho de petición (Art. 66 numeral 23 CR) es declarar si el órgano o el servidor ha actuadocontra la constitución y por ende ha vulnerado tal derecho, no procede referirse al efecto positivo del silencio administrativo, por su derecho de petición, previsto en el Art. 28 de la Ley de Modernización, que opera cuando el administrado presenta un reclamo sobre un derecho determinado que aún no ha sido reconocido por la administración, reclamo que de no resolverse en el plazo de quince...
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