Accion de oposiciòn a la persecusiòn penal
JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÒN BARLOVENTO DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.- CAUSA: 3C-2313-09
Acción de oposición a la persecución
Contra la acusación presentada por la Fiscalía 5ta. del Ministerio Público
del estado Miranda
Yo JUAN BAUTISTA MIRABAL ASCANIO,venezolano, titular de la Cédula de Identidad número V-5.406.987, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 91.554, hábil para el ejercicio de profesión, con domicilio procesal ubicado entre las esquinas de Conde a Principal Edificio Ambos Mundos Piso 01 Oficina 101. Parroquia Catedral Municipio Libertador teléfono 024.905.12.09, actuando en el carácter de defensorpenal de la ciudadana KELLYS JHOANA SUAREZ CORONADO, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera de profesión u oficio Estudiante, titular de la Cédula de Identidad número V- 20.209.047, quien actualmente se encuentra recluida en el Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF) por estar presuntamente incursa en unos de los delitos Contra las Personas (Homicidio) según consta en la Causanúmero 3C-2313-09, nomenclatura de ese órgano jurisdiccional. Ocurro ante usted, con el debido respeto. en la oportunidad de proponer formalmente, ACCIÓN DE OPOSICIÓN A LA PERSECUCIÓN PENAL contra la acusación formulada por la Fiscalía del Ministerio Público del Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en los artículos 328 y 28.4 del Código Orgánico Procesal Penal y lo hago en lossiguientes términos:
CAPITULO I
DE LA COMPETENCIA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, 64 y 330 del Código Orgánico Procesal Penal, son competentes los Juzgados de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, para conocer las excepciones que se interpongan durante la fase intermedia del proceso.
CAPITULO II
TEMPORALIDAD
El acto al que se contrae el artículo 327 delCódigo Orgánico Procesal Penal, fue fijado primeramente para el día 06/10/09, siendo que, a petición de quien ejerce la defensa, habida cuenta, de no haber sido debidamente notificado, se acordó fijar nuevamente la audiencia respectiva para el día 20/10/09
En tal sentido, el presente escrito es consignado dentro del lapso a que se contrae el encabezamiento del Articulo 328 de la Ley Adjetiva Penalvigente, a saber:
“...cinco días antes del vencimiento del plazo fijado para la celebracl6n de la audiencia preliminar...”
A todo evento, invocamos la norma contenida en el Artículo 32 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al primer aparte del articulo 64 Ejusdem, que permiten al Juez en Funciones de Control, resolver aquellas excepciones que por su naturaleza, no requieren instancia departe, toda vez, constituye su obligación en el curso de las fases preparatoria e intermedie del proceso, velar por el respete de las garantías constitucionales y procesales, establecidas a favor de las partes.
CAPITULO III
DEL CONTROL DE LA ACUSACIÒN
El control de la acusación o crítica instructora, como actividad propia del procedimiento intermedio del proceso penal, encuentrajustificación en la existencia del “Estado democrático y social de Derecho y de Justicias (Articulo.2 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), el cual lleva aparejado la interdicción de realizar un juicio público, sin comprobar, anticipadamente, una probabilidad cierta de condena, esto es, la contingencia real de que la imputación posea suficiente mérito para provocar, eventualmente, unasentencia condenatoria, y a su vez, que en la conformación de la acusación, en tanto acto procesal que pretende el juzgamiento de un imputado, por un lado, se hayan cumplido con las formalidades exigidas por la Ley, como requerimiento de apertura del juicio; y por otro, se hayan observado “ … los requisitos necesarios para que pueda constituirse un proceso válido, o una relación procesal válida..”,...
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