Accion De Perdida De Investidura
LEDY PAUTT F. MARÍA ELENA TORRES M.
ZULAY MARTINEZ Docente
UNIVERSIDAD DE CARTAGENA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS 4to AÑO DERECHO PROCESAL ADMINSTRATIVO CARTAGENA DE INDIAS D. T. y C. 2007
ACCION DE PÉRDIDA DE INVESTIDURA
Con la Constitución de 1991 la Acción de Perdida de investidura fue incluida como un mecanismo para exigirresponsabilidad a los congresistas cuando realizan conductas contrarias a la moralidad que debe regir sus actos, por las acciones u omisiones en el desempeño de sus funciones, axial como, evitar la utilización del poder con fines electorales o para favorecer sus intereses particulares. Es decir, cuando con su comportamiento ha violado el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, por elincumplimiento en las obligaciones propias del cargo o por su extralimitación o cuando se dan conflictos de intereses en su actuación, el congresista pierde su investidura. Esta acción supone una verdadera sanción de carácter disciplinario por una conducta del congresista impuesta por el órgano judicial independientemente de la del tipo penal que pueda originarse por la misma. Fue incluida como sanciónen el nral. 9 del art. 29 de la Ley 200 de 1995, norma declarada exequible por la Corte Constitucional, por tanto el Procurador no tiene ninguna competencia para adelantar investigación de perdida de investidura que le había atribuido el art. 66 de la misma ley, ya que fue declarado inexequible. Además esta figura tiene como finalidad la preservación de la dignidad del congresista, la purificaciónde las costumbres políticas, el asegurar la transparencia y efectividad del ejercicio parlamentario y asegurar la necesaria dedicación de sus integrantes a las funciones propias de su investidura, ya que expresado por la Corte Constitucional, los congresistas tienen en su cabeza la representación del pueblo, pues la actividad a ellos encomendada debe estar destinada exclusivamente al servicio delbien publico.- Sent. C 247 – 1995.
El llamado a ocupar el Cargo Es indispensable la no existencia de inhabilidades en el momento mismo en el que se realiza la elección, por tanto todos los integrantes de la lista deben reunir los mismos requisitos de habilidad de quien la encabeza, ya que el propósito es resultar elegido popularmente. La sentencia AC- 12300 del 5 de mayo de 2001 rectifico uncriterio jurisprudencial anterior que establecía que aquellos que eran llamados para suplir una vacante en el Congreso por quien había
sido elegido de la lista no era objeto de estudio sobre ausencia e inhabilidad en el momento de la elección lo que permitía que quienes estaban incursos en una causal de inhabilidad para ser elegido se ubicaran en segundo lugar de la lista saneando su situación.Por lo que esta sentencia preciso los entre otros, los siguientes aspectos: 1) Que el régimen de inhabilidades e incompatibilidades consagrado en la Constitución es aplicable tanto a los congresistas elegidos como a los llamados. 2) Que las inhabilidades son aplicables también a los llamados a ocupar la vacancia del congresista elegido, según el art. 79 nrales 2 y 3 de la Constitución Política.3) Que la valoración y existencia de la inhabilidad se debe verificar el día en que ocurra o deba ocurrir la elección. 4) La posesión de llamado a suplir la vacante del congresista elegido, marca el momento en el cual pueda el juez pronunciarse sobre la existencia o no de las conductas no permitidas. Por su parte la Sala de Consulta y Servicio Civil emitió concepto acerca de la causal de perdida deinvestidura de diputados, de esta forma, si el diputado electo decidió no posesionarse dentro de los (3) tres días siguientes a la instalación de la Asamblea o a la fecha en que fuere llamado a posesionarse, incurre en causal de perdida de investidura, salvo que oportunamente o se encuentre en causal de fuerza mayor. Y en caso de renuncia también le resulta aplicable la inelegibildad dentro de...
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