Accion popular y accion de grupo taller
Sentencia de constitucionalidad 622 del 2007 del 14 agosto 2007 M.P. Diego Escobar Gil.
Hay que estudiar esta jurisprudencia porque se debe encontrar:
1. ¿Cuál es la naturaleza jurídica de la acción popular?
2 ¿Cuáles son esos derechos colectivos y sus características?
3. Cosa juzgada en la acción popular.
Sentencia de constitucionalidad 215 del 1999 estasentencia tiene la particularidad de coger la acción popular y coger la acción de grupo y empezar a mostrarnos
1. cuál es la naturaleza de una, cual es el de otra,
2. las diferencias de cuáles son los elementos que va a delimitar nuestra acción.
3. Nos habla del tema de la caducidad tanto en la popular como en la acción de grupo
4. Nos habla de la figura del pacto decumplimiento
DESARROLLO
1. Las acciones populares son de naturaleza preventiva. Esto significa que su ejercicio o promoción judicial no está supeditado o condicionado a que exista un daño o perjuicio de los derechos o intereses que se buscan proteger. Es suficiente que se presente la amenaza o el riesgo de que se produzca el daño, para que pueda activarse el mecanismo de la acción popular.Esto, en razón a que desde sus orígenes, las acciones populares fueron concebidas para precaver la lesión de bienes y derechos que comprenden intereses superiores de carácter público.
2. La citada ley define como derechos e intereses colectivos (art. 4°), los siguientes: (1) El goce de un ambiente sano, de conformidad con lo establecido en la Constitución, la ley y las disposicionesreglamentarias; (2) La moralidad administrativa; (3) La existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. La conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas,así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente; (4) El goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público; (5) La defensa del patrimonio público; (6) La defensa del patrimonio cultural de la Nación; (7) La seguridad y salubridad públicas; (8) El acceso a una infraestructura de servicios que garantice lasalubridad pública; (9) La libre competencia económica; (10) El acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna; (11) La prohibición de la fabricación, importación, posesión, uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares o tóxicos; (12) El derecho a la seguridad y prevención de desastresprevisibles técnicamente; (13) La realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos, respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes; (14) Los derechos de los consumidores y usuarios.
Se entiende por derecho colectivo aquel que es indivisible, que es ultraindividual o metaindividual, que es de todospero no es de nadie en Particular. Es el género. Y se entiende por interés colectivo aquél que es
También indivisible e indeterminado. Es una especie del anterior. La doctrina, no la ley colombiana, distingue entre “interés colectivo”, que Pertenece a un grupo organizado, e “interés difuso”, que pertenece a una
Comunidad indeterminada.
3. . Exequibilidad condicionada del artículo 35 de laLey 472 de 1998
La norma sometida a juicio, se reitera, es el artículo 35 de la Ley 472 de 1998, a través del cual se definen los efectos de las sentencias que resuelven las acciones populares. Sobre el contenido de tal precepto, ya se precisó que, por su intermedio, el legislador le reconoce a todas las sentencias alcance de cosa juzgada general o absoluta, pues en él se dispone expresamente...
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