Accion popular
Señor
Tribunal Administrativo de Armenia
E. S. D.
Ref. : Acción Popular de María Paula Moscoso Ríos Contra GASES DEL QUINDIO S.A
María Paula Moscoso Ríos, mayor de edad y vecino de Armenia, Quindío, identificado con la cédula de ciudadanía N°41926415 expedida en Armenia, Quindío, obrando en mi carácter de ciudadano colombiano, en ejercicio del artículo 88 de laConstitución Política, instauro Acción Popular, regulada por la Ley 472 de 1998, en contra de GASES DEL QUINDIO, con domicilio en la ciudad de Armenia, Quindío, en su carácter de empresa, con el fin de que sean protegidos los derechos constitucionales colectivos al goce de un ambiente sano y del espacio público, consagrados en los artículos 79 y 82 de la Constitución Política y 4°, literales a) y d)respectivamente, conforme a los siguientes
II. HECHOS
1. La Sociedad demandada es una persona jurídica, de responsabilidad limitada, constituida por Escritura Pública N°456894, otorgada ante la Notaría primera, del Círculo de armenia, el día 15 de octubre de 2009, inscrita en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de la ciudad de Armenia, en su carácter de subsidiaria y sucursal enColombia , cuyo domicilio principal se encuentra en la ciudad de Armenia, y sociedad colombiana con matrícula de comercio N°8569858, con domicilio en la ciudad de armenia., representada por el señor Carlos Julio Moscoso, en su carácter de apoderado general, según certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio de Armenia, cuya copia auténtica se acompaña a estademanda.
2. En ejercicio de su objeto social, dicha sociedad, tiene almacenados en una bodega ubicada en el barrio la pavona manzana c #1, barrio residencial, gran cantidad de tanques de gas propano, invadiendo en algunas ocasiones el espacio público, poniendo con ello, en grave peligro a los habitantes y transeúntes del lugar, además de la posibilidad inminente de destrucción de los bienes deuso público y las propiedades particulares aledañas.
3. El día 25 de octubre, en ese lugar, se produjo un descomunal incendio, aunque en instalaciones de otra empresa, acontecimiento que constituyó hecho notorio, pues se destruyó parte importante de los productos almacenados, causando la muerte a 2 personas, y se contaminó el aire, pues el siniestro fue incontrolable, a pesar de los esfuerzos delos equipos de socorro y de los bomberos voluntarios.
4. En la actualidad la sociedad demandada dispone apenas de 20 tanques de agua, cuya capacidad es solo de 10 de galones que, de ocurrir un incendio semejante, se agotaría en el lapso de seis (6) horas, aproximadamente.
5. Mediante Acuerdo 123 de fecha 28 de octubre, el Concejo Municipal de la ciudad de Armenia, dispuso que “las instalacionespara el almacenamiento de productos inflamables y distribución de gas propano, deberán trasladarse, en el término de 1 año, contados a partir de la publicación de este acuerdo, por lo menos a una distancia no menor de dos mil (2.000) metros del casco urbano de la población, para efectos de seguridad de la población y la de sus bienes”. A pesar de esta disposición inequívoca, la sociedad demandadapoca o ninguna atención le ha prestado, y continúa expendiendo y almacenando productos químicos de toda índole, sin importar que el término fijado para el traslado se ha duplicado y la sociedad no muestra en la actualidad la menor intención de darle cumplimiento.
6. En fecha 22 de noviembre de 2010, el alcalde del municipio de Armenia, mediante decreto N°12365 adoptó la malla vial de la zonapetrolera, entre cuyos considerandos se establece que “ En virtud de que la zona petrolera de Armenia, en razón de la peligrosidad de las actividades que en ella se realizan, se hace necesaria la adopción y construcción de una malla vial que tiene por objeto diferenciar la actividad petrolera de otras que se cumplan en el sitio y además, la adecuada agilización del tráfico que pasa por el lugar”....
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