Accion Rescisoria
464 otorga acciónpara recuperar del demandado lo debido tratándose de obligaciones reciprocas. Se debe contar con un título ejecutivo (el que trae aparejada ejecución) y el 443 nos enlista cuales tienen esanaturaleza. Si está acción se hace valer en juicio ejecutivo necesito la llave: un título ejecutivo. Además, la condición es que contenga obligaciones recíprocas (son aquellas interdependientes). Ante elincumplimiento, la parte inconforme puede recurrir a la vía ejecutiva civil para que le entreguen el bien debido. La parte actora debe de acompañar a su demanda las pruebas que acredite que ya cumplió suobligación o consignar junto con su demanda, la prestación a la que está obligado. Esto se da por la interdependencia de las obligaciones. El actor debe acreditar al Juez que ya cumplió, de locontrario, el demandado opondrá la excepción de contrato no cumplido 1949 CCDF “si tú no cumples, yo no tengo porque cumplir”.
¿Para qué me sirve? La razón de ser es porque se tiene como fin impedir medianteel embargo la posible venta de ese bien que reclamo. Recuerden que al tratarse de un juicio ejecutivo civil, la actora tiene el privilegio del embargo, pero embargará la cosa que se le debe paraevitar que el demandado disponga de él.
465 tiene como fin recuperar la cosa vendida en compraventas celebrados bajo condición resolutoria. Parte de la base de que existe una CV y que el vendedor...
Regístrate para leer el documento completo.