Accion Y Exepcion De Inconstitucionalidad
10.
Financiación de los partidos políticos enColombia:
Constitución Política de Colombia
Artículo 109.
El Estado concurrirá a la financiación política y electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica, de conformidad con laley.
Las campañas electorales que adelanten los candidatos avalados por partidos y movimientos con Personería Jurídica o por grupos significativos de ciudadanos, serán financiadas parcialmente conrecursos estatales.
La ley determinará el porcentaje de votación necesario para tener derecho a dicha financiación.
También se podrá limitar el monto de los gastos que los partidos, movimientos,grupos significativos de ciudadanos o candidatos puedan realizar en las campañas electorales, así como la máxima cuantía de las contribuciones privadas, de acuerdo con la ley.
Un porcentaje de estafinanciación se entregará a partidos y movimientos con Personería Jurídica vigente, y a los grupos significativos de ciudadanos que avalen candidatos, previamente a la elección, o las consultas de acuerdocon las condiciones y garantías que determine la ley y con autorización del Consejo Nacional Electoral.
Las campañas para elegir Presidente de la República dispondrán de acceso a un máximo deespacios publicitarios y espacios institucionales de radio y televisión costeados por el Estado, para aquellos candidatos de partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos cuya postulacióncumpla los requisitos de seriedad que, para el efecto, determine la ley.
Para las elecciones que se celebren a partir de la vigencia del presente acto legislativo, la violación de los topes máximos definanciación de las campañas, debidamente comprobada, será sancionada con la pérdida de investidura o del cargo. La ley reglamentará los demás efectos por la violación de este precepto.
Los partidos,...
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