Acciones Cambiarias
Acción (del latín actio de agere, hacer). Cambiaria: stristo sensu: relativo a la cambial; lato sensu: relativo a los títulos de crédito. Derecho que se tiene a pedir en juicio lo que se nos debe. Procesalmente, es la facultad de acudir a una autoridad judicial para exigir que se realice la conducta omitida. Es la acción ejecutiva proveniente de un título de crédito(nulla executio sine titulo) que compete al acreedor cambiario para exigir judicialmente del deudor, el cumplimiento (pago o aceptación) de una obligación cartularia (la contenida en un título de crédito) («aa.» 150 y 167 «LGTOC» y 1391 «CC»).
I. El principio de que la letra de cambio es un título ejecutivo, era ya conocido por el comercio medieval italiano. Los viejos estatutos italianos deBérgamo, Bolonia, Florencia, Génova, etc., ya ordenaban, la ejecución -parata- cuando se trataba del deudor cambiario.
II. 1. Clasificación. La acción cambiaria es de dos tipos. Directa, en contra del aceptante y sus avalistas («a.» 151 «LGTOC»), o contra el suscriptor del pagaré y sus avalistas («a.» 174 «LGTOC»). De regreso, contra cualquier obligado: girador, endosantes o avalistas de ambos («a.»151 «LGTOC»); librador, endosantes y avalistas en el caso del cheque.
2. Sujetos de las acciones cambiarias. Activos: el beneficiario del título y quien lo paga siendo el responsable. Pasivos: quienes firmaron el título, excepto el endosante que asienta la cláusula 'sin mi responsabilidad'.
3. Diferencias. La acción directa y de regreso se distinguen por las personas en contra de quienesproceden, por el modo en que se perfeccionan y por la forma en que se extinguen.
4. Carácter ejecutivo de la acción cambiaria. El artículo 167 «LGTOC» prescribe que la acción cambiaria contra cualquiera de los signatarios es ejecutiva por el importe de ésta, y por el de los intereses y gastos accesorios, sin necesidad de que previamente se reconozca la firma del demandado.
Contra ella no puedenoponerse sino las excepciones y defensas enumeradas en el «a.» 8.
Hay jurisprudencia en este sentido ya que la Suprema Corte ha declarado que 'la obligación cambiaria consignada en la letra de cambio es liquida ...' (Apéndice 1917-1975, IV parte, «pp.» 717 y 1209). En efecto, la autoridad judicial, a solicitud del portador de un título de crédito que no ha sido aceptado o pagado, decretará elembargo de los bienes del obligado cartular, la venta de los mismos y con el precio se satisfará el crédito cambiario.
5. Contenido de la acción cambiaria. El último tenedor del título tiene acción para reclamar: el pago nominal del título («a.» 152, frac. I «LGTOC»), los intereses moratorios al tipo legal (6% anual, «a.» 362 «CCo».) desde el día del vencimiento si se trata de una letra decambio; en el caso del pagaré se computarán al tipo pactado, a falta de pacto, al tipo de rédito fijado en el documento, y en defecto de ambos, al tipo legal («aa.» 152, frac. II y 174 «LGTOC»); los gastos del protesto y otros gastos legítimos («a.» 152, frac. III «LGTOC»), por ejemplo el cargo bancario por falso cobro y; el precio de cambio entre la plaza en que debería haberse pagado la letra y laplaza en que se haga efectiva, más los gastos de situación («a.» 152, frac. IV, LGTOC).
Si se ejercita la acción antes de que el título haya vencido se descontarán del título los intereses al tipo legal (6%) si es letra de cambio; el pacto, si es pagaré.
Por su parte, el obligado en vía de regreso o el avalista que pague el título, podrá exigir lo que hubiere pagado, más los accesorios arribaseñalados, calculados de acuerdo a lo que realmente pagó menos los costos judiciales imputables a él («a.» 153, LGTOC).
6. Ejercicio de la acción cambiaria. La acción cambiaria se ejercita por falta de aceptación o aceptación parcial; por falta de pago o pago parcial; por quiebra o concurso del girado o aceptante («a.» 150, LGTOC).
Cuando el título se acepta parcialmente o el girado o...
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