Acciones mercantiles
empresa las obligaciones civiles son realizadas entre particulares.
Esta característica no necesita mayor explicación por lo que únicamente debemos de remitirnos al Art. 3 romano I del Código de Comercio que nos dice “Son actos de comercio: I.- Los que tengan por objeto la organización, transformación o disolución deempresas comerciales o industriales y los actos realizados en masa por estas mismas empresas”.
Ello no quiere decir que los actos deben ser realizados por los comerciantes pero a través de la empresa, y pues también los particulares pueden llegar a realizar actos mercantiles cuando sean sobre una cosa típicamente mercantil o cuando sea mercantil para una de las partes esto según el Art 3 romano IIdel Código de Comercio que nos dice “Son actos de comercio: II.- Los actos que recaigan sobre cosas mercantiles”. Y el Art. 4 del Código de Comercio “Los actos que sean mercantiles para una de las partes, lo serán para todas las personas que intervengan en ellos”. Pero se diferencia de los civiles ya que los particulares no pueden realizar actos a través de una empresa ya que solo los comerciantesson titulares de una empresa
Para tal caso reitera la jurisprudencia de la Sala de lo Civil, de la Corte Suprema de Justicia cuando dice “Si la sociedad realiza un contrato no por eso se trata de un contrato de comercio. Nuestro Código de Comercio adopta la teoría moderna del acto de comercio, que consiste en que los actos se realicen en masa y por empresa y doctrinaria y jurisprudencialmentese ha sostenido que la sociedad y la empresa son distintas, así la primera tiene personalidad jurídica y la segunda no; la sociedad tiene su propio patrimonio, la empresa no lo tiene por que constituye una cosa dentro del patrimonio de su titular. Por ello no todo acto que realice una sociedad se va a tipificar como acto de comercio.
1 La presente guía de estudio ha sido elaborada por el Br.CESAR STIVEN PERLA POSADA , a base
de las clases magistrales de la Licda. Alicia Zelaya en el curso de derecho civil y mercantil II en el grupo
FIII- 2008.
http://stivenmercantilista.blogspot.com/
Conocimiento de embarque
1. Concepto "El Conocimiento de embarque
es el recibo que prueba el embarque de la mercancía. Sin este título no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino. Deacuerdo al medio de transporte toma el nombre específico (Conocimiento de embarque marítimo o "Bill of Lading" o conocimiento de embarque aéreo "Airwail", guía aérea, si es por vía aérea)".El µconocimiento de embarque¶ es el documento por medio del cual seinstrumenta el contrato de transporte de mercaderías por agua. Es elequivalente a la µcarta de porte¶ en el transporte aéreo o terrestre.Elµconocimiento¶ debe ser entregado por el transportador, capitán o agentemarítimo, al cargador, contra la devolución de los recibos provisionales
2. Características
Como acabamos de mencionar, los certificados de depósito son títulos de crédito querepresentan ficticiamente, por el fenómeno de la incorporación, ciertas mercancías que estánabodegadas en un almacén general de depósito. Pues bien, elotro de los más importantestítulos representativos de mercancías es el conocimiento de embarque, o simplemente elconocimiento, el cual, también representa mercancías abodegadas, pero no en un almacénsino en un buque[1].El derecho mexicano reglamenta no sólo el conocimiento de mercancía ya embarcada, sinotambién el de mercancía para embarcarse, si bien ambos se expiden en todo caso contra larecepciónde la mercancía, con la que se inician la responsabilidades del capitán de navío,respecto de los bienes cuyos transportes se le confió.Su montaje es simple; debe tratarse necesariamente de un transporte marítimo, en todo casodebe concretarse mediante un contrato principal del cual es accesorio, denominadoprecisamente de transporte marítimo y que, de acuerdo con la ley debe constar por escrito....
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