Acciones
Las acciones policivasencaminadas a proteger la posesión o tenencia son la acción por perturbación y la acción por despojo. La primera, a que se refiere el libro II, capítulo V del Código Nacional de Policía, sin establecer unprocedimiento, se rige por las disposiciones nacionales sobre la materia y, en los aspectos que éstas no contemplen, por lo señalado en los códigos departamentales de policía; tal es la interpretaciónque ha hecho esta Sala con fundamento en el artículo 187 - 9 de la Constitución de 1886, correspondiente al artículo 300 - 8 de la Constitución vigente (consulta número 1119 de 7 de febrero de 1977).En la segunda, o querella de restablecimiento o despojo violento, el derecho prescribe en seis meses (C.C., art. 984) y es menester distinguir si se trata de un predio urbano, caso en el cual seacude al procedimiento de lanzamiento por ocupación de hecho, señalado en la Ley 57 de 1905 y su Decreto Reglamentario 992
acción reivindicatoria
La acción reivindicatoria es el principal medio dedefensa y protección del derecho de propiedad. El art. 348 del C.c. al definir en su primer párrafo la propiedad, establece en el párrafo segundo: “El propietario tiene acción contra el tenedor y elposeedor de la cosa para reivindicarla”. Se trata pues de una acción real en manos del propietario no poseedor para recuperar y reivindicar la cosa con sus frutos, rentas o productos
Accionesadministrativas
ACTOS ADMINISTRATIVOS
ACCION DE NULIDAD. (A.A GENERAL)
ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO.(A.A PARTICULAR)
HECHOS ADMINISTRATIVOS
ACCION DE REPARACION DIRECTA
OPERACIONESADMINISTRATIVAS
ACCION DE REPARACION DIRECTA
OMISIONES ADMINISTRATIVAS
ACCION DE REPARACION DIRECTA
CONTRATOS ESTATALES
ACCION DE CONTROVERSIAS CONTRATCUALES.
VIAS DE HECHO
ATACAR UN A.A...
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